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18/11/08

EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA INCREMENTÓ LAS JUBILACIONES Y PENSIONES MÍNIMAS

El gobernador de la provincia, Hermes Binner, dispuso un aumento de las asignaciones mínimas para los pasivos provinciales retroactivo al 1º de agosto. De esta manera, la jubilación mínima será de 1.103 pesos, en tanto que la pensión mínima alcanzará los 827 pesos. En lo que va del año la jubilación mínima creció un 134 por ciento y la pensión mínima un 75 por ciento.

El mandatario provincial fijó la nueva escala a través del decreto Nº 2.709. En los fundamentos, la norma señala que “es intención del Poder Ejecutivo sostener el poder adquisitivo de los salarios y haberes tanto del sector activo como pasivo, en función de las posibilidades económico - financieras y presupuestarias del Estado provincial”.
Evolución de los haberes
Desde el 1º de mayo de 2006 el valor del haber mínimo de las jubilaciones y pensiones en la provincia era de 470 pesos. Desde entonces y hasta este año no se habían producido incrementos.
La actual gestión, a partir del 1º de enero de 2008, estableció en 800 pesos el haber jubilatorio mínimo y en 600 pesos el de las pensiones.
El 1º de marzo de 2008 se volvieron a incrementar los haberes mínimos: 1.000 pesos las jubilaciones y 800 pesos las pensiones.
En lo que va del año, la jubilación mínima registró un incremento del 134% (de $ 470 a $ 1.103), mientras que la pensión mínima aumentó un 75 % (de $ 470 a $ 827).

Tribunal de Cuentas y Poder Judicial
Por otra parte, a través del decreto 2.710, el gobernador autorizó a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a adecuar a partir del 1º de agosto del corriente año, en un porcentaje del 7,10%, los haberes que perciben los beneficiarios del sector personal Tribunal de Cuentas de la Provincia sobre la base de los aumentos otorgados al personal activo.
Finalmente, por el decreto 2.712 estableció que la adecuación de los haberes del sector pasivo del Poder Judicial tendrá vigencia también a partir del 1º de agosto de este año.-

17/11/08

La cuenta, mozo, y paga el concejo

Las comidas de los concejales venadenses son la comidilla de La Perla del Sur por estos días. Desde que el edil socialista Fabián Vernetti ventiló la semana pasada que el ex presidente del legislativo municipal y sus compañeros del PJ gastaron 8 mil pesos el año pasado del presupuesto asignado para el rubro "Cortesía y Ceremonial" en almuerzos y cenas en una parrilla y en un restaurante de esa ciudad.


Vernetti planteó la denuncia durante un debate sobre la ejecución presupuestaria del Concejo Municipal correspondiente al año 2007. El concejal reparó en algunos gastos imputados a cuestiones protocolares que no parecen condecir con su naturaleza. Con fotocopias de las facturas en la mano, Vernetti señaló en diálogo con Crítica de Santa Fe que los concejales oficialistas consumieron por 1.198 pesos en la parrilla La Vaca Atada, y 6.078 pesos en el restaurante La Choza. La suma de tantas comilonas representa el 72 por ciento del total de lo que había sido presupuestado para ese rubro.

Fue nafta sobre el fuego.

Los ediles bajo sospecha contestaron con dureza la acusación de su colega socialista, quien concluyó la disputa: "El debate está cerrado porque no tienen argumentos para defenderse", dijo. Y añadió que "ellos siguen tomando dinero de la misma partida para pagarse sus almuerzos y sus cenas".

Vernetti quiso separar a voraces de frugales y aclaró: "No todos participaron de esto. Estos desmanejos comenzaron con la presidencia del concejal Miguel Pedrola, y hoy continúa. La mayoría de los ediles del PJ van a cenar casi todos los miércoles a alguno de los restaurantes que aparecen en la ejecución presupuestaria, con dinero que pagamos todos los venadenses".


fuente "Critica Digital"

15/11/08

Propuesta para ponerle fin a las veredas rotas en el microcentro

El edil socialista Fabián Vernetti propone mediante un proyecto de ordenanza que el Ejecutivo efectúe un relevamiento para detectar las aceras en mal estado o rotas. Posteriormente, informar al frentista que cuenta con 180 días para hacer la obra. Caso contrario, correrá por cuenta del municipio que le cobrará el trabajo al vecino en concepto de contribución de mejoras.

PROYECTO DE ORDENANZA

Tema: reparación de veredas

VISTO:

El estado de deterioro y/o inexistencia de las veredas de la ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que la existencia de las mismas no solo es una cuestión estética sino también de comodidad y seguridad de los peatones.

Que han existido diversos intentos de regulación de las mismas con poco resultado.

Que la Ordenanza 2054/92 autoriza al DEM la obra de construcción, reparación y mantenimientos de veredas por un sistema de gestión compartida, por la cual los vecinos entregaban los materiales y la municipalidad aportaba la mano de obra, cobrándosela luego a los vecinos. Este sistema no fue aplicado.

Que son permanentes e infructuosos los reclamos de vecinos y transeúntes por el alto deterioro en que se encuentran las veredas.

Que en tal sentido una alternativa válida de rápida solución es emprender la reparación y/o construcción a través de la gestión municipal.

Que es razonable comenzar la ejecución desde el centro hacia la periferia.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:

ORDENANZA

Art. 1.- Declárese de Interés Público Municipal la construcción, reparación y mantenimiento de veredas en la jurisdicción del municipio.

Art.2º.- Para el cumplimiento de la presente Ordenanza, el DEM relevará el estado de las veredas en las diferentes áreas de la ciudad por etapas, comenzando por las zonas C1 y C2, para seguir después ampliando el radio de exigencia y ejecución de las obras por este sistema, siempre desde el centro hacia los bordes de la ciudad. Dicho relevamiento incluirá el estado de la arboleda y el eventual daño a veredas y riesgo a transeúntes procediendo de acuerdo a Ley Provincial 9004.

Art.3º.- Para el caso de las arterias que posean los servicios de agua potable, cloacas y gas será obligatoria la construcción de veredas según las Ordenanzas vigentes, en caso de no contar con alguno de los servicios será obligatorio como mínimo un contrapiso de hormigón pobre alisado.

Art. 4º.- De acuerdo al estado de veredas relevado según Art. 2, se notificará en forma fehaciente al propietario frentista para que proceda a la construcción, reparación y/o mantenimiento de veredas correspondientes al o los inmuebles de su pertenencia, otorgándosele un plazo de 180 días para la ejecución de la obra. Para tal fin, se le informará al propietario frentista por escrito de las características reglamentarias a las que debe atenerse la ejecución de la obra, según Art. 12º de la presente ordenanza.

Art. 5º.- Vencido el plazo de 180 días estipulado en el Art. 4º, el municipio procederá en forma inmediata a la construcción, reparación y/o mantenimiento de aquellas veredas cuyos propietarios frentistas no hayan concretado la obra. La ejecución municipal de la obra será con cargo a los propietarios frentistas beneficiados, quienes deberán abonar la obra por Contribución de Mejoras.

Art. 6º.- El costo a abonar por el propietario frentista deberá fijarse en base a los metros cuadrados construidos y/o reparados en veredas/contrapisos según corresponda. Su valor estará sujeto a la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 7º.- El propietario frentista podrá pagar junto a la TGI, la Contribución de Mejoras correspondiente mediante alguna de las formas siguientes:
a) Contado: dentro de los 30 días de notificada la respectiva liquidación, una vez recibida la obra en forma definitiva.
b) A plazos: en cuotas mensuales consecutivas a partir de los 30 días de recibida la obra en forma definitiva. Para esta financiación el Municipio adoptará un criterio de aplicación que tendrá una variedad acotada de propuestas en base a la magnitud de los montos y cantidad de cuotas.

Art. 8º.- La Municipalidad verificará mediante estudios socioeconómicos, los casos de aquellos propietarios frentistas que tengan notorias dificultades para afrontar el costo de la obra. En aquellos casos verificados fehacientemente, la Municipalidad podrá facilitar planes de pagos especiales o decidir que el costo de la obra será a su cargo.

Art. 9º.- Tanto sea para el relevamiento, la notificación el propietario frentista y la ejecución de la obra por parte del Municipio, se regirá según el criterio de prioridades por zonas especificado en el Art. 2.

Art. 10º.- La Municipalidad podrá ir practicando liquidaciones por Contribución de Mejoras a medida que las veredas vayan siendo libradas al uso.

Art. 11º.- Las obras realizadas, aún con cargos a los propietarios frentistas, quedarán como Dominio Público Municipal sin cargo para la Municipalidad.

Art. 12º.- Ningún inmueble del dominio público o privado, nacional o provincial y de entidades de cualquier índole, estará exento del cumplimiento de esta Ordenanza. En el caso de inmuebles propiedad de la Provincia y/o Nación, la municipalidad deberá gestionar el cobro de obra ejecutada.

Art. 13º.- En la obra a realizar se observará la construcción de veredas reglamentarias conforme lo establecido en cada caso, según la aplicación de las Ordenanzas vigentes.

Art. 14º.- Los gastos que se originen en la ejecución de obras se imputaran a la partida presupuestaria “Construcción de Veredas” incluida en el Presupuesto general de gastos y recursos para el año 2009.

Art.15º.- Créese en el Presupuesto general de gastos y recursos para el año 2009 la partida “Contribución de Mejoras – Veredas” para el cobro de los previstos en los Art. 5, 6 y 7 de la presente.

Art. 16º.- Deróguese la Ordenanza 2054/92.

Art. 17.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los días del mes de del año dos mil ocho.-

14/11/08

Proyectos de Comunicacion

Barrio los Robles
Por medio de una minuta de comunicación elevada por el edil Oscar Pieroni, se solicitó a las autoridades municipales la prestación en forma inmediata de los servicios de riego y recolección de basura en Los Robles, detrás de la calle Lisandro de la Torre, ya que se les emite Tasa y actualmente no están recibiendo servicio alguno.


Reconstrucción de canteros en Av. Chapuis
Por medio de una nota elevada por el concejal Fabian Vernetti al Departamento Ejecutivo Municipal, se solicita la pronta reconstrucción de los canteros iniciales en Av. Chapuis además de la forestación que los mismos exigen debido a las malas condiciones en los que estos se encuentran, ocasionando asi un peligro para el tránsito de la ciudad además de brindarle a la misma una imagen indeseable.


Construcción y reparación de calzadas
El concejal Fabian Vernetti elevó al Municipio un Proyecto en el cual se solicita el cumplimiento de la ordenanza vigente en la cual consta la construcción y reparación de calzadas; tras el relevamiento pertinente. El propietario frentista dispondrá de 180 días para la ejecución de la obra; a partir de ese plazo la ejecución de la obra correrà por cuenta del Municipio y el costo que devenga de la misma será cobrado como contribución de mejoras.

El Concejo de Venado Tuerto implementó la "banca ciudadana"

Cualquier ciudadano venadense podrá presentar proyectos y ser concejal por un día, en el marco de un proyecto de ordenanza recientemente aprobado y que fuera presentado en 2006 por el ex edil socialista Juan Agustín Moscoso y retomado por el concejal Fabian vernetti.

Finalmente, en el Deliberante acordaron la reglamentación de la banca ciudadana tras dos años de estudios. La iniciativa había sido impulsada en 2006 por el edil socialista Juan Moscoso y retomada a principio de este año por el concejal Fabián Vernetti, quien logró el apoyo de sus pares en las últimas sesiones.Vernetti resaltó que "hace pocos meses presenté una propuesta de reglamentación y recientemente se aprobó. Esta ordenanza permitirá que cualquier ciudadano a título personal o en nombre de una institución puede solicitar una banca por un día y exponer proyectos que desee que sean tratados en el recinto".Agregó que "la persona interesada en presentar un proyecto será concejal por algunos minutos haciendo uso de la décima banca. Desde ese lugar podrá defender su proyecto y argumentarlo. Desde el Concejo, nuestro compromiso es tener una respuesta al respecto en un plazo máximo de cinco sesiones".En el tercer artículo de la ordenanza se aclara que "podrán participar de la banca ciudadana todos los vecinos de la ciudad y las entidades reconocidas ante el municipio que deseen expresar opiniones y propuestas sobre temáticas de interés general".Las solicitudes para acceder a la banca se pondrán a disposición de vecinos e instituciones y se recibirán en mesa de entradas, en un formulario numerado. En caso de que hubiese más de una solicitud, la prioridad se regirá según el registro correspondiente, sin que se pueda alterar el orden, y no se admitirá más de un expositor por sesión.El expositor por la banca ciudadana podrá hacer uso de la palabra durante 10 minutos, pero el término podrá ampliarse previa autorización del presidente del cuerpo si lo estimara necesario. El expositor deberá referirse específicamente al tema consignado en la solicitud. Luego de la exposición se podrán disponer de 10 minutos adicionales para responder las preguntas sobre el particular que formulen los concejales en función.

Fuente: (Diario La Capital)

SANTA FE: Bajaron los índices de inseguridad en la provincia


Un edil del pj cuestionó el accionar político del ministro de seguridad, Daniel cuenca. Tras menos de un año de gestión los resultados muestran de manera fehaciente la baja en los índices de inseguridad en la provincia de Santa Fe.

Las versiones sobre la estabilidad del ministro en el cargo lo persiguen desde que asumió la cartera, sin embargo, en 25 años fue el primer ministro de seguridad que en menos de un año de gestión logró bajar los índices de criminalidad en la ciudad de Santa Fe y aumentó los índices de esclarecimiento de los homicidios, así como el índice de detención de los responsables. Este año, en la capital provincial, se han reducido los homicidios y los episodios violentos en el orden de un 25% respecto al 2007; en la ciudad de Rosario se aclaran delitos contra la propiedad en proporciones nunca antes alcanzadas (en 2007 se recuperaron el 10 % de los vehículos robados, este año estaremos en el 60% de recupero); se secuestraron más de 2000 armas de fuego. Mientras la República Argentina se hace conocida en el mundo por los delitos asociados al tráfico y consumo de drogas, en nuestra Provincia se incautó un 800% más marihuana , así como también un 600% veces más de cocaína que el año pasado. Estos datos publicados no son meros números, sino que significan, concretamente, menos homicidios, menos tráfico de drogas, menos asaltos y menos robos. Los resultados que pueden exhibirse, en menos de un año de gestión, no se deben a la casualidad, sino a las políticas públicas que desde los distintos Ministerios, pero sobre todo, desde el Ministerio de Seguridad, se vienen aplicando.Al momento de la asunción de Cuenca se hallaron, sobre un total de 300 móviles en la ciudad de Santa Fe, 170 rotos, ello contrasta tajantemente con los 600 nuevos móviles que adquirió la Provincia y que se distribuyeron, por primera vez, en toda la geografía de la misma. Se sumaron 1.800 nuevos efectivos, se destinaron fondos para equipamiento, se están celebrando acuerdos con los distintos Municipios y Comunas para trabajos de prevención conjuntos, se está erradicando el flagelo indigno de tener presos en las comisarías al reforzar e invertir en las unidades penitenciarias, se realizó un convenio con el RENAR para incentivar el desarme voluntario del ciudadano, está en marcha la ejecución del Programa Juventudes, Convivencia y Seguridad. Por lo tanto, sabemos que todas estas acciones son necesarias, imprescindibles, pero, por sí mismas, no solucionan el problema de la inseguridad. Al lograr mayores niveles de inclusión social asegurando la educación, salud, vivienda y trabajo para todos los santafesinos y santafesinas se estarán combatiendo las causas, además de los efectos del crimen. A raíz de ello tenemos la convicción que queda trabajo por hacer, desde ya que aún ocurren delitos y hechos trágicos que, creemos, no debieran ser usados políticamente, sino unir a los dirigentes políticos para buscar soluciones integrales. Unirnos, pero en torno a propuestas, a planes, a proyectos. Cosas que el justicialismo no supo elaborar durante sus gobiernos, ni ahora, que está en la oposición.


26/10/08

BLOQUE PS – FRENTE PROGRESISTA

Tema: Expendio, almacenamiento y aplicación de fitosanitarios

Concejal: Oscar Pieroni

PROYECTO DE ORDENANZA


VISTO:

La necesidad de regular en el ámbito del Municipio de Venado Tuerto la comercialización, expendio, almacenamiento y aplicación de los productos conocidos como fitosanitarios o agroquímicos; y


CONSIDERANDO:

Que el uso de plaguicidas, herbicidas, acaricidas, etc. así como el efecto que éstos tienen sobre la salud y el medio ambiente están siendo actualmente estudiados y analizados dado su potencial efecto adverso tanto su incidencia aguda como por acumulación de efecto residual.

Que existen diversos estudios y análisis no concluyentes respecto al poder contaminante de los mismos. Por ejemplo, actualmente se haya en análisis el Glifosato, herbicida sistémico usado para matar plantas no deseadas como pastos anuales y perennes, hierbas de hoja ancha y especies leñosas. El Glifosato mismo es un ácido, utilizado en forma de sales, más comúnmente la sal isopropilamina de Glifosato, o sal isopropilamina de N-(fosfonometil) glicina. Su nombre comercial más conocido es el Roundup, herbicida muy utilizado en nuestra zona.

Que información periodística, como la publicada por el Diario La Capital, explica los peligros del Glifosato y hace público un informe de la Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas de la Universidad Nacional de Rosario que advierte sobre la existencia de estudios toxicológicos recientes que indican que el Glifosato fue "erróneamente catalogado como toxicológicamente benigno, tanto a nivel sanitario como ambiental". El contenido del escrito atiende a un pedido realizado por el Concejo Municipal de Roldán al Laboratorio de Toxicología Experimental, dependiente de la mencionada casa de altos estudios.

Que la EPA (Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos) ha encontrado que exposiciones a residuos de Glifosato en aguas de consumo humano por encima del límite máximo autorizado de 0.7 mg/l pueden causar respiración acelerada y congestión pulmonar.

Que los efectos ambientales producidos dependen de la forma de aplicación de las dosis del Glifosato, sea esta terrestre o aérea. En los casos de aplicación terrestre los modelos indican que especies susceptibles pueden morir a 100 metros, en cambio en la aplicación aérea el residuo del Glifosato se ha encontrado a mayor distancia.

Que el estudio realizado por el bioquímico profesor Gilles-Eric Seralini, de la Universidad de Caen, en Francia, comparó los efectos tóxicos de la fórmula del Roundup (en su expresión comercial de glifosato más aditivos químicos) sólo con el principio activo aislado, el glifosato, encontrando que el efecto tóxico aumenta en presencia de los coadyuvantes o añadidos del Roundup. Estos agregados desempeñan un papel facilitador que hace al Roundup dos veces más tóxico que su ingrediente activo aislado, el glifosato.

Que de acuerdo a su poder contaminante se puede dar:
- contaminación del suelo: La información sobre el movimiento y la persistencia del Glifosato en suelos puede perdurar entre dos y seis meses
- contaminación de aguas: El Glifosato es altamente soluble en agua. Se ha encontrado contaminando aguas superficiales y subterráneas. Su persistencia en aguas es más corta que en suelos. En Canadá se ha encontrado que persiste de 12 a 60 días en aguas de estanques pero persiste más tiempo en los sedimentos del fondo. La vida media en sedimentos fue de 120 días en un estudio en Missouri, Estados Unidos. La persistencia fue mayor de un año en sedimentos en Michigan y en Oregon.
- contaminación de alimentos: Los análisis de residuos de Glifosato son complejos y costosos por eso no son realizados rutinariamente, pero existen investigaciones que demuestran que el Glifosato puede ser tomado por las plantas y movido a las partes que se usan como alimento. Por ejemplo, se ha encontrado Glifosato en fresas, moras azules, frambuesas, lechugas, zanahoria y cebada después de su aplicación.

Que en todo el país se han activado grupos preocupados por la incidencia dañina en la salud del uso indiscriminado de fitosanitarios. El Grupo de Reflexión Rural (GRR), organización que impulsa desde hace tres años una campaña para detener las fumigaciones con agrotóxicos, realizó una presentación judicial para suspender la venta y uso de agroquímicos en todo el país. Radicada en los Tribunales de Comodoro Py, la denuncia toma como uno de sus fundamentos la "emergencia sanitaria" del barrio cordobés Ituzaingó Anexo.

Que en diferentes ámbitos y niveles del Estado se está estudiando el tema y generando políticas en lo que respecta a salud ambiental. En ese sentido, Presidencia de la Nación ordenó al Ministerio de Salud la creación de una comisión investigadora que se ocupe de las denuncias por contaminación y efectos sanitarios que existen en todas las zonas sojeras mediante el decreto 21/2009.

Que en Chaco, Santiago del Estero, Córdoba, Formosa y en todos los ranchos campesinos se pueden observar los efectos del agrotóxico. Puede ser en los ojos rojos y llorosos de una niña, en la piel en carne viva de una abuela, en las malformaciones prenatales, en los embarazos que no llegan a término o en la muerte de chicos fumigados. El Movimiento Nacional Campesino Indígena lo resumió en tres palabras: "Un desastre sanitario".

Que el Glifosato es sólo uno de los tantos fitosanitarios que se encuentran en discusión. Un fallo histórico ejemplar de la justicia Cordobesa sentó precedentes al respecto. La Fiscalía del Distrito 3, Turno 6, de Córdoba, a cargo del Dr. Carlos Matheu hizo lugar a la medida cautelar presentada por la Secretaria de Salud de la Municipalidad de Córdoba e impidió que se realicen fumigaciones en plantaciones agrícolas aledañas al barrio Ituzaingó Anexo a partir de enero del 2009. También se prohibió todo tipo de actividades agropecuarias en la zona vinculada a la fertilización y control de plagas. Además, se imputó por el delito de contaminación ambiental, contemplado en la Ley Nacional de Residuos Peligrosos, tanto a los productores como a los aplicadores. En marzo de 2006, la Dirección de Ambiente municipal analizó la sangre de 30 chicos del barrio: en 23 había presencia de pesticidas.

Que dicha imputación surge luego de las pericias ordenadas por el Dr. Matheu y que encontraran presencia de Endosulfan y Glifosato en la muestra de suelo. Este Barrio Cordobés ha registrado una creciente cantidad de casos de enfermedades degenerativas principalmente distintos tipos de cáncer y niños con malformaciones.

Que la Organización Panamericana de la Salud también llegó hasta el barrio Ituzaingó, convocada por la Municipalidad y preocupada por la gravedad del caso. En agosto de 2007 comenzó a analizar los relevamientos existentes, realizó entrevistas y confirmó las denuncias. "Se concluye que el barrio Ituzaingó Anexo puede considerarse como un sitio contaminado. Los contaminantes de mayor importancia son los plaguicidas y el arsénico, fundamentalmente en suelo. La presencia de plaguicidas en tanques de agua posiblemente refleje la intervención de la vía suelo-aire." Entre las imprescindibles acciones recomienda "incrementar el control sobre fumigaciones clandestinas a distancias menores a las permitidas por ley".

Que el uso indiscriminado de fitosanitarios es alarmante. Por ejemplo, según lo admitido por grandes empresas sojeras se utilizan, como mínimo, de diez litros de Roundup por hectárea. En la campaña 2007-2008, el monocultivo de soja abarcó en la Argentina 17 millones de hectáreas y los campos argentinos fueron rociados, en un solo año, con 170 millones de litros del cuestionado herbicida. Se aplica en forma líquida sobre las malezas, que absorben el veneno y mueren en pocos días. Lo único que crece en la tierra rociada es soja transgénica, modificada en laboratorios. La publicidad de Monsanto clasifica al Roundup como inofensivo para al hombre.

Que el tema tampoco es nuevo para el Ministerio de Salud. En el año 2002, esa cartera publicó un estudio realizado en la localidad santafesina de Bigand con el objetivo de "determinar factores de vulnerabilidad en poblaciones expuestas a los plaguicidas". La investigación se hizo en conjunto con la cátedra de Toxicología y Química de la UBA. Las conclusiones fueron contundentes: "Más de la mitad de los encuestados y el ciento por ciento de los fumigadores refieren que ellos o conocidos estuvieron intoxicados alguna vez. En su inmensa mayoría, no tienen contrato de trabajo, ni cobertura médica, y cobran a destajo". El trabajo confirma efectos agudos como alergias, dolor de cabeza, mareos e irritación respiratoria. "Son mencionados más de 40 pesticidas, predominando el uso de glifosato", detallaba.

Que la Ley Provincial 11.273 regula la “elaboración, formulación, transporte, almacenamiento, distribución, fraccionamiento, expendio, aplicación y destrucción de envases de productos fitosanitarios cuyo empleo, manipulación y/o tenencia a cualquier título comprometa la calidad de vida de la población y/o el medio ambiente”. De esta manera la Ley busca proteger la salud humana, los recursos naturales y la producción agrícola velando por la correcta y racional utilización de productos fitosanitarios.

Que el artículo 33 de dicha Ley establece claramente que se prohíbe “la aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 3000 metros de las plantas urbanas. Excepcionalmente podrán aplicarse productos de clase toxicológicos C o D dentro del radio de 500 metros, cuando en la jurisdicción exista ordenanza municipal o comunal que lo autorice, y en los casos que taxativamente establecerá la reglamentación de la presente. Idéntica excepción y con iguales requisitos podrán establecerse con los productos de clase toxicológica B para ser aplicados en el sector comprendido entre los 500 y 3000 metros”.

Que las disposiciones emanadas de la Ley establecen los mecanismos correspondientes para todos los actores involucrados en la comercialización, administración y uso de estos agrotóxicos. De esta manera se prevé un registro tanto de los comercios que los venden, como de los Ing. Agrónomos que recetan su aplicación y los aplicadores.

Que esta Ley confiere a los Municipios y Comunas la potestad de ejercer el control activamente. Al respecto, el artículo 7 por ejemplo establece que “el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio a través de la Dirección General de Sanidad Vegetal formalizará convenios con los Municipios y Comunas provinciales a fin de implementar en sus respectivas jurisdicciones, el registro y matriculación de equipos terrestres y la Habilitación de los locales destinados a la comercialización de productos fitosanitarios”.

Que esta lógica descentralización permite a los Municipios, dada la proximidad, hacer más efectivo el control.

Que, en este sentido, en el año 1997 este Concejo Municipal sancionó la Resolución 1411 mediante la cual se establecía la formalización “con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a través de la Dirección General de Sanidad Vegetal, la implementación en este Municipio de un Registro de matriculación de equipos terrestres y la habilitación de los locales destinados a la comercialización de productos fitosanitarios y fijar el respectivo arancelamiento por esta Municipalidad”. En este Concejo no obra expediente alguno sobre este Convenio ni los alcances del mismo.

Que nuestra ciudad está rodeada de campos en los que se practica la producción agraria.

Que, para un más efectivo control, debe definir el área urbana y trazar consecuentemente las distancias permitidas para la fumigación aérea y terrestre. El trazado debe contemplar el futuro desarrollo y crecimiento de la urbe.

Que la habilitación y control de un rubro tan específico no puede ser realizado por un inspector general. En este sentido debe existir personal capacitado a tal fin. De esta manera el inspector que, criteriosamente debe ser un Ing. Agrónomo, será el personal más idóneo para, por ejemplo, solicitar en los campos lindantes al área urbana las recetas de aplicación.

Que el Estado Municipal debe tomar un rol activo en el control del uso indiscriminado de fitosanitarios teniendo como eje el equilibrio entre la salud humana y proteger la producción agrícola. La manera de hacerlo es tomar todas las responsabilidades delegadas por la provincia y ejecutarlas eficientemente así como la obligación de generar un marco normativo claro.

Que toda legislación siempre protege unos intereses sobre otros. En este sentido, debe entenderse el presente marco normativo dentro de la búsqueda de un equilibrio entre una actividad económicamente rentable y la protección de la vida humana, siempre, ante dudas razonables, priorizando ésta última.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:


ORDENANZA

Art.1º.- Incorpórese al plantel de Inspectores de Inspección General y Habilitaciones un Ing. Agrónomo matriculado que tendrá como función ejercer el control sobre el cumplimiento de lo establecido en la Ley 11723 y la presente Ordenanza.

Art.2º.- Se llamará a concurso interno de antecedentes y oposición para cubrir el cargo, en el caso en que dentro del actual plantel Municipal no se halle persona capacitada para la tarea, se llamará a Concurso abierto. A tal fin se remitirá la información necesaria a la delegación de Venado Tuerto del Colegio de Ingenieros Agrónomos.

Art.3º.- Prohíbase el uso de productos fitosanitarios de clase toxiclógica A, B, C y D dentro del radio urbano.

Art.4º.- Prohíbase la aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 3000 metros de las plantas urbanas.

Art.5º.- Prohíbase la aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica C y D dentro del radio de 1500 metros de las plantas urbanas.

Art.6º.- Prohíbase la aplicación terrestre de productos fitosanitarios dentro del radio de 500 metros de las plantas urbanas.

Art.7º.- Prohíbase la circulación de equipos y/o maquinarias utilizadas para la aplicación de Productos Fitosanitarios dentro de la planta urbana y suburbana de la ciudad. Las máquinas podrán ingresar al ejido urbano sólo para efectuar reparaciones mecánicas de los equipos procediendo al doble lavado obligatorio.

Art.8º.- Cuando una máquina deba ingresar al radio urbano debe informar a la autoridad Municipal competente en la materia explicitando el motivo del ingreso.

Art.9º.- Convóquese al Plan General, al Concejo Municipal, a la Comisión del Código Urbano, al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Sociedad Rural y al Colegio de Ing. Agrónomos Delegación Venado Tuerto, a discutir y determinar el área urbana.

Art.10º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los días del mes de del año dos mil nueve.-

17/10/08

Comisiones Vecinales

BLOQUE PARTIDO SOCIALISTA – FRENTE PROGRESISTA

PROYECTO DE ORDENANZA

Tema: Comisiones Vecinales
Concejal: Oscar Pieroni



En base a los siguientes

Fundamentos

Oportunamente fue sancionada la Ordenanza 3346/2006 que derogó la anterior 2707/1999.

La implementación de la misma, con cláusulas transitorias, provocó dificultades que hicieran que se recogiera un claro consenso de la necesidad de reemplazarla por otra más clara y ecuánime.

Sucesivamente se sancionaron, como consecuencia de las dificultades apuntadas, diversas Ordenanzas modificatorias.

Estas sucesivas modificaciones provocan una normativa poco clara.

A juicio de los autores del proyecto la introducción del padrón nacional elimina posibilidades de suspicacias, clarificando los procedimientos.

Por ello presentamos para el análisis del Concejo Municipal el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Art. 1º : Reconocimiento de las Comisiones Vecinales

La Municipalidad de la ciudad de Venado Tuerto reconoce al conjunto de vecinos de un mismo barrio de la ciudad el derecho a conformar Comisiones Vecinales, voluntarias y de primer grado.

Art. 2º : Reconocimiento de la Comisión Intervecinal

Las Comisiones Directivas de las Comisiones Vecinales se agruparán para el tratamiento de temas y problemas comunes formando una Comisión Intervecinal, con al menos la representatividad de los dos tercios (2/3) de las Comisiones Vecinales.

Art. 3º : Coordinación de Vecinales

El Departamento Coordinador de Vecinales de la Municipalidad de Venado Tuerto, o el organismo que eventualmente lo reemplazare y asumiera sus funciones, prestará la máxima colaboración a las Comisiones Vecinales a fin de que estas puedan dar fiel cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza.

Art. 4º : Autoridad de Aplicación

Se constituirá una Autoridad de Aplicación de las disposiciones de esta Ordenanza, la que actuará como veedora en toda instancia, pudiendo controlar los libros de Actas, Balances anuales e Inventarios que deberá presentar cada Comisión Directiva de las Comisiones Vecinales e investigar en caso de sospecha o denuncia de irregularidades durante cualquier momento de sus mandatos, y en cualquier aspecto relativo a la aplicación de la presente Ordenanza.
La Autoridad de Aplicación fijará su domicilio legal de actuación en el Concejo Municipal.
Estará conformada por:
 dos Concejales integrantes del Concejo Municipal de Venado Tuerto, al menos uno de ellos perteneciente a la oposición partidaria de aquella que encabece el poder ejecutivo municipal;
 un representante de la Comisión Intervecinal;
 el Secretario de Gobierno, quien ejercerá la presidencia sin voto pero decidirá en caso de empate.

Art. 5º : Junta Electoral

5.1. Conformación

La Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Venado Tuerto, en el mes de junio del año que corresponda, procederá a notificar al Concejo Municipal, a la Comisión Intervecinal y a la Coordinación de Vecinales a los fines de conformar la Junta Electoral, la cual estará constituida por:
 un Concejal de la oposición;
 un miembro de la Comisión Intervecinal;
 el Coordinador de Vecinales.

5.2. Funciones

La Junta Electoral, a partir de su constitución, será la máxima autoridad en el acto eleccionario. Su mandato finalizará con el mismo, una vez resueltas todas las impugnaciones u objeciones si las hubiere.

5.3. Autoridades

La Junta Electoral elegirá de su seno sus autoridades. Funcionará con al menos dos de sus miembros presentes. En caso de que el Presidente esté ausente, asumirá la presidencia el Vocal Primero y cumplirá con los deberes y atribuciones que le competen al cargo. Los tres miembros tienen derecho al voto y en caso de empate el voto del Presidente se contará de manera doble.

5.4. Notificaciones

Las resoluciones de la Junta Electoral se tendrán por notificadas con la publicación en el transparente de la Mesa de Entradas de la Junta Electoral del domicilio que establezca a los fines de su funcionamiento.


Art. 6º : Régimen Jurídico

 Las Comisiones Vecinales son organismos no gubernamentales auxiliares de la Municipalidad de Venado Tuerto cuyo funcionamiento está regulado en un todo por esta Ordenanza y su Reglamentación y no poseen fines de lucro.
 Igualmente, a los fines del funcionamiento de la Comisión Intervecinal, será de aplicación lo prescripto en la presente Ordenanza y su Reglamentación.
 Los casos no previstos en esta Ordenanza y su Reglamentación que pudieren surgir, serán resueltos por la Junta Electoral y/o la Autoridad de Aplicación en su caso, utilizando los criterios de las Leyes Nacionales y Provinciales en su orden jerárquico.

Algunos concejales utilizaban fondos públicos para salir a cenar

El Concejo ejecutó gastos en dos restaurantes locales, en concepto de Cortesía y Ceremonial. La partida, la cual asciende a casi ocho mil pesos, corresponde a encuentros que realizaban algunos concejales del PJ tras terminar la sesión. El socialismo pidió que se investigue. Se generó una acalorada discusión que se definirá en un plenario la semana próxima.

Luego de varios meses de tranquilidad, el Concejo vivió una sesión convulsionada. Desde el bloque socialista solicitaron informes sobre algunas partidas aplicadas por parte de sus pares, donde aparecen gastos de Cortesía y Ceremonial por casi ocho mil pesos y las facturas son a la orden de dos restaurantes de la ciudad.
La propuesta surge tras la demora en el tratamiento de la ejecución presupuestaria del Concejo Municipal correspondiente al año 2007; donde en el detalle provisto por el secretario del Concejo se observan importantes gastos imputados a la partida Cortesía y Ceremonial que no parecen corresponder.
"Sobre una ejecución del 109,59 % correspondiente a la suma total de $ 10.958,54, se registran gastos imputados a la parrilla 'La Vaca Atada' de $ 1198 y a 'Víctor Ferrando' (restaurante 'La Choza') de $ 6078" detalló Fabián Vernetti, edil por el socialismo en la presentación.
Esto obviamente motivó a que los ediles que estaban incluidos dentro del proyecto contestaran con dureza sobre la presentación, al punto tal que el clima se había tensado demasiado para continuar la sesión.
El proyecto contemplaba que se pasara el tema a la Comisión de Investigación y Control del propio Concejo, pero se acordó pasarlo a plenario para tratarlo en la siguiente semana, en el marco del tratamiento de la ejecución presupuestaria de todo el 2007. Los argumentos de los concejales aludidos dejaron mucho que desear, llegando el concejal Miguel Pedrola (PJ) a desafiar abiertamente al autor del proyecto, sosteniendo airadamente que "lo vamos a seguir haciendo".
Por su parte, el concejal socialista Fabián Vernetti destacó su posición tras finalizarse la sesión: "Es algo que el bloque venía planteando en el plenario, considero que avalar este tipo de actitudes nos invalida ética y políticamente para pedir transparencia al Ejecutivo. No plantearlo significaba ser cómplice de esta malversación. Se enojan porque al cobrar estado público se deteriora la imagen que damos desde el Concejo, cuando deberían preocuparse de no cometer acciones que opaquen nuestro desempeño.
"Al parecer no fueron todos los ediles los que participaban en estos encuentros semanales, asegurando el concejal: "Esto comenzó con la presidencia del concejal Miguel Pedrola, y hoy se continúa, donde todos los ediles del PJ oficialista van a cenar casi todos los miércoles a alguno de los restaurantes que aparecen en la ejecución.
"A su vez, Vernetti añadió que "se sintió subestimado, piensan que porque uno llegó a concejal se asume automáticamente como parte de una corporación que no se va a atrever a enfrentar, que entre bueyes no hay cornadas. Cuando uno ve la ejecución del 2007 que batallé mucho para conseguirla y finalmente la tuve en papel, vi que en la partida de Cortesía y Ceremonial, el 70% de los gastos son en una parrilla y en un restaurante local.
"En ese mismo sentido, aseguró que este tipo de práctica está documentada, dado que las "facturas llegan al Concejo y se pagan con cheques del Concejo. Esto lo hacen algunos concejales, no todos y es para preguntarse qué tipo de cortesía y ceremonial es, porque ir a comer con la plata de los tributos municipales no es la correcta.
"Hoy el sueldo bruto de un concejal, junto con los gastos de mantenimiento de bloque escala fácilmente los $ 6000, por lo que Vernetti aseguró: "Creo que los concejales tenemos sueldos muy buenos, como para que cada uno se pague la cena de los bolsillos" y comparó estos gastos con un "sobresueldo" para alguno de los concejales."

Fuente "Diario La guia"

15/10/08

Tubos de desague para Venado Tuerto

Recorriendo nuestra ciudad se puede observar que en determinados barrios de la misma se encuentran zanjas abiertas, representando ésto un peligro para la población. Debido al alto costo de los tubos para zanjeo, las familias de bajos recursos no pueden acceder a la compra de los mismos por lo tanto es imposible lograr que el sistema de entubamiento propuesto por el municipio exista.Por lo que el edil socialista, Oscar Pieroni propone mediante un proyecto de ordenanza que el Departamento Ejecutivo Municipal vele por la equidad en el acceso de los servicios como así también la fabricación de los tubos de desague, ya que Venado Tuerto cuenta con una planta de pavimento desde la cuál se puede ofrecer este servicio.


PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:
La necesidad de facilitar el saneamiento de zanjas; y

CONSIDERANDO:
Que en varios barrios de nuestra ciudad hay zanjas abiertas que significan una fuente de suciedad e infección además de representar un peligro eventual ya que pueden caerse personas y automóviles.
Que el actual sistema de entubado propuesto por el Municipio es que se adquieran los tubos, cuyo diámetro es determinado por el Municipio según el lugar en el que se desea colocar, en empresas privadas y personal de maestranza lo retira y los coloca en el domicilio que lo solicita.
Que el costo de cada tubo (que varía según el diámetro) es oneroso sobre todo para familias de escasos recursos, quedando de esta forma fuera de la posibilidad de acceder a la posibilidad de aislar esa fuente de contaminación y peligro. Sólo con ver la profundidad y las dimensiones de las zanjas de un sector del Barrio San José Obrero o Islas Malvinas para entender el peligro potencial del que se habla y de la dificultad de los vecinos de realizar la limpieza de las mismas.
Que es necesario contar con un método legislado para la fabricación de los mismos dando así claridad a la operatoria, haciéndola ecuánime y despojada de discrecionalidad
Que el Municipio debe velar por la equidad en el acceso a servicios como el de la fabricación de tubos de desagüe.
Que Venado Tuerto cuenta con una planta de pavimento desde la cual se puede brindar también este servicio.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:

ORDENANZA
Art.1º.- Establézcase que la Planta Municipal de Pavimento fabrique tubos para los vecinos que así lo requieran.
En el caso en que el lugar requiera un tubo de diámetro mayor, el contribuyente deberá entregar la cantidad de cemento proporcional que se establezca vía reglamentaria.
Art.3º.- La colocación del tubo de desagüe será realizada por la Planta de Pavimento y será de carácter gratuito.
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los días del mes de del año dos mil ocho.-