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18/10/10

Solicitando al municipio Reglamentación de la Junta de Seguridad Urbana

Es clara la necesidad y conveniencia de un trabajo conjunto para alcanzar resultados alentadores en el tratamiento de la problemática de la inseguridad. En 1998 el Concejo creó a través de la Ordenanza Nº 2574 la Junta Municipal de Seguridad Urbana, órgano colegiado para la elaboración de fórmulas realistas que posibiliten la puesta en marcha de medidas más eficaces en la prevención del delito. A pesar de los 12 años trascurridos aún se carece de una reglamentación que fije un mecanismo de funcionamiento sistemático y ordenado. La mayoría de las competencias siguen sin alcanzarse y las reuniones suelen organizarse esporádicamente en reacción a hechos delictivos y ante reclamos de la población. Se le solicita al municipio que en forma urgente establezca una reglamentación para optimizar el trabajo y los resultados.

PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Concejal: Fabián Vernetti

La inseguridad ha dejado de ser un problema estrictamente policial para convertirse en una de las primeras preocupaciones ciudadanas, ocupando un papel importante a la hora de los reclamos y las propuestas.

También se reconoce la necesidad y conveniencia de un trabajo conjunto para alcanzar resultados alentadores en el tratamiento de la problemática.

Por ello, ya en el año 1998, interpretando que había llegado la hora en que el Municipio tomase participación en la materia, generando un órgano colegiado para la elaboración de fórmulas realistas que posibiliten la puesta en marcha de medidas más eficaces en la prevención del delito, el Concejo creó a través de la Ordenanza Nº 2574 la Junta Municipal de Seguridad Urbana.

Esta Junta Municipal sería la que tendría a su cargo coordinar con
organismos provinciales de seguridad, así como con entidades y
asociaciones que puedan aportar y solucionar en alguno de los ejes que
se plantean como prioritarios para una nueva política de seguridad.

La Ordenanza 2574/98 en su Art.2º definía que sería su competencia:
“a- Analizar y valorar la situación de la seguridad pública en el Municipio formulando propuestas o planes para una eficaz coordinación y colaboración entre el Estado Municipal y los distintos organismos gubernamentales con ingerencia en la materia.-
b- Elaborar planes para prevenir la comisión de hechos delictivos.-
c- Desarrollar planes de prevención social en áreas de riesgo.-
d- Impulsar la cooperación municipal en materia de servicios, obras, planes de urbanización que tengan incidencia en la creación de mayores condiciones de seguridad.-
e- Estudiar y valorar los informes o propuestas que formulen las personas o entidades públicas o privadas, en relación con la seguridad pública en el Municipio.-
f- La realización de cuadros estadísticos, encuestas de victimización y de cualquier otro sistema de seguimiento de los hechos delictivos, en cuanto a sus características., causas, lugares y todo otro elemento que pueda servir para una correcta planificación en materia de seguridad.-
g- Será organismo de consulta y decisión en la materia en el ámbito municipal.-
h- Planeamiento y desarrollo de cada barrio de la ciudad, de Juntas Barriales de Seguridad urbana. Que serán coordinadas por la Comisión Vecinal respectiva y de la que podrán participar los vecinos del barrio que deseen hacerlo y de las organizaciones no gubernamentales que tengan inserción en su territorio. A tal fin se procederá con anticipación a publicitar adecuadamente su realización.-
i- Diseño y ejecución de acciones de producción de seguridad urbana en el marco de una estrategia de prevención del delito.-
j- Realización de diagnósticos acerca del impacto en términos de producción de seguridad e inseguridad urbana de toda acción social impulsada por organismos públicos nacionales, provinciales y municipales en Venado Tuerto y formas de mecanismos de comunicación y colaboración con dichos efectores, a fines de propiciar las transformaciones necesarias para generar aportes que respalden sus resultados.-
k- Planeamiento y ejecución de campañas de seguridad comunitaria para la introducción y desarrollo de la cultura de la prevención de delitos.-
l- Intercambiar información y establecer acuerdos y estrategias de trabajo con organismos nacionales, provinciales y municipales que desarrollen actividades similares, orientadas a facilitar la colaboración en el intercambio.”
También, en su Art.4º ordenaba que “Por decisión de la propia Junta, se podrá ampliar la conformación de la misma, dando el carácter de vocal a los representantes de otras entidades públicas o privadas que evidencien interés en su integración y cuya participación en forma permanente se estime conveniente a los fines del funcionamiento del mismo.”

Y en su Art.5º decía que “En la competencia ordenada por la presente Ordenanza y en el ámbito municipal, la Junta tendrá plenas facultades para resolver y actuar de acuerdo a lo que determine a través de la reglamentación que establezca para su funcionamiento.”

Se especificaba también, a través del Art. 6º, la necesidad de firmar un acto acuerdo con el Ministerio de Gobierno a efectos de que no exista solo el compromiso político de participar en la Junta convocada por el Municipio, sin que las propias autoridades sean parte formal a través de dicho acuerdo de la puesta en marcha de una experiencia que pretendía convertirse en una herramienta útil a la hora de buscar mayores niveles de seguridad para la ciudad.

A pesar de los 12 años trascurridos de la aprobación de la conformación de la Junta Municipal de seguridad Urbana, aún se carece de una reglamentación que fije un mecanismo de funcionamiento sistemático y ordenado. La mayoría de las competencias siguen sin alcanzarse y las reuniones suelen organizarse esporádicamente en reacción a hechos delictivos y ante reclamos de la población.

Por lo manifestado, es que solicita al DEM para que en forma urgente, a través del área correspondiente, establezca una reglamentación para la Junta Municipal de Seguridad Urbana creada en el año 1998.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente COMUNICACIÓN Nº , a los días del mes de del año dos mil diez.-



1 comentario:

  1. Anónimo25/10/10

    Después de trabajar más de 2 años en la segunda etapa de la junta de seguridad urbana año 2004, creo que se nesecita de la constitución de un equipo de trabajo capacitado que oriente las acciones de una participación ciudadana y que la ordenanza no solo pase por meros enunciado, no alcanza con la voluntad popular, esto quedó demostrado por la participación masiva que tuvieron las tres comisiones, Nº 1 diagnóstico, Nº 2 conjunto de acciones tendiente a atacar el fenomeno de la inseguridad, Nº 3 análisis y conclusiones para la puesta en marcha de los proyectos, esto va más allá que los discursos, en este compromiso, Municipal debe de ser sostenido, apuntalado, no solo del consejo, sino de las entidades intermedias,la participación ciudadana,desde las estrategias, desde el conocimiento real para el abordaje de la problematica inseguridad, comenzando por saber el consepto de inseguridad y seguridad, en que nos basamos para afirmar esos conseptos, que estadíticas tenemos sobre lo mensionado anteriormente, que hacemos desde nuestro rol como funcionario,empresario,docente,comerciante,empleado, ciudadano,pueblo, creo que es una tarea dura y no hay que bajar los brazos, este consepto de Seguridad e inseguridad, nos atravieza a todos, no hay recetas mágicas, ni barrios privados, ni alarmas infalibles, no distingue clases sociales, ni credos,todos estamos expuesto de alguna manera u otra, hay que trabajar mucho, saludos Chicharra

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