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10/5/12

No más veneno


Elaboramos un proyecto para prohibir la aplicación de agroquímicos para la eliminación de pastizales y especies vegetales en todos los predios ubicados en el Municipio de Venado Tuerto, ya sean de dominio público o privado perteneciente al Estado Nacional, Provincial y/o Municipal y/o en predios de dominio privado de uso o acceso público.

 PROYECTO ORDENANZA
Concejal socialista Fabián Vernetti
VISTO:
         La utilización de sustancias peligrosas en terrenos emplazados en zona urbana para el desmalezado; y,
CONSIDERANDO:

Que ante la necesidad de actualizar los límites agronómicos de nuestra ciudad, y fijar condiciones que contemplen la implementación de medidas conducentes a la protección de la salud humana, de los recursos naturales y de la producción agrícola, en nuestra ciudad se aprobó la Ordenanza Nº 4047/2011, pero como establece en su Art.2.- “Queda establecido el límite de la planta urbana con sentido agronómico,…”, no contempla la aplicación de agroquímicos dentro de los mencionados límites, es decir en la zona urbana de Venado Tuerto.
Que oportunamente en la Comunicación Nº 4700/12 “Solicitando al DEM controles por aplicación de agrotóxicos en vías del ferrocarril”, se expuso que:en nuestra ciudad –en una política que se repite en todo el país- se ha observado a empleados de la empresa recorrer a pie, a lo largo del tendido de rieles que atraviesa nuestra ciudad, los márgenes del tendido ferroviario con equipos de fumigación esparciendo herbicidas sin ningún tipo de protección e infringiendo el marco normativo local, poniendo en riesgo su propia integridad física y la de la ciudadanía que por allí circula”, en uno de los tantos ejemplos de este tipo de prácticas peligrosas que se suscitan en nuestra ciudad, a las que se suman las realizadas por vecinos que ignoran la gravedad de este tipo de procedimientos.
Que la Constitución Nacional, en su artículo 41º, establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.
Que la Ley Nacional 25675 establece en su artículo 4° el principio de prevención, según el cual “Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir”, y el principio precautorio, según el cual “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente."
Que la Ley 10.703 “Código de Faltas” de la Provincia de Santa Fe en el TITULO I – “Aplicación de la Ley” establece en el “Art. 1°  Ámbito de aplicación. Este Código se aplicará a las faltas previstas en el mismo, que se cometan en el territorio de la Provincia de Santa Fe”.
Que en su Art. 3° reza “Aplicación de la norma especial. Si la misma materia fuere prevista por una disposición especial del presente Código y por una ley provincial, ordenanza o disposición de carácter general, se aplicará la primera, en cuanto no se estableciere lo contrario”.
Que además el Art. 135º del mencionado Código determina: “Utilización indebida de productos peligrosos. El que utilizare productos químicos o de otra naturaleza sin tomar los recaudos necesarios para evitar un perjuicio a la salud psicofísica del hombre, será reprimido con arresto hasta sesenta días”; en una clara sanción a quienes, a pesar de haber adquirido productos comercializados, realizan un uso indebido de los mismos atentando contra el prójimo.
Que, de acuerdo a la Ley 11273 de Fitosanitarios de la provincia de Santa Fe, en la Ciudad de San Justo prohíbe las pulverizaciones con agrotóxicos dentro de los límites de las zonas urbanas.
Que, el H.C.D. de Vicente López aprobó la Resolución 84/2008, solicitando al Departamento Ejecutivo arbitrar los mecanismos necesarios ante la C.N.R.T. y T.B.A. para evitar la utilización de sustancias peligrosas en la eliminación de pastizales y malezas en los predios linderos a las estaciones de ferrocarril de Vicente López y otros dentro del corredor ferroviario.
Que los antecedentes legales citados demuestran la necesidad de regular el uso de productos químicos agropecuarios en zonas urbanas, donde su uso podría representar un perjuicio para la vida humana y el medio ambiente.
Que por estar nuestra ciudad emplazada en el corazón de la producción agrícola nacional, es necesario que el Estado Municipal esté dotado de recursos humanos y materiales idóneos para cumplir eficazmente con su rol de Autoridad de Aplicación de las ordenanzas que regulan todo lo relacionado a la aplicación de fitosanitarios, incluso en la zona urbana.
Que el Estado no puede eludir su responsabilidad delegando en el sector privado la contemplación de las leyes y el respeto al prójimo. Es justamente el Estado, en todos sus estamentos, quien debe velar por el bienestar de los habitantes de nuestro país.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:

 ORDENANZA
Art.1°.- Prohíbase la aplicación de agroquímicos para la eliminación de pastizales y especies vegetales en todos los predios ubicados en el Municipio de Venado Tuerto, ya sean de dominio público o privado perteneciente al Estado Nacional, Provincial y/o Municipal y/o en predios de dominio privado de uso o acceso público.
Art.2º.- Las sanciones relativas al incumplimiento de la presente ordenanza serán determinadas por el DEM a través de su correspondiente reglamentación.
Art.3º.- La Dirección de Inspección General será Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza, teniendo la responsabilidad de dar amplia difusión a esta norma.
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

2 comentarios:

  1. Anónimo10/5/12

    No sería mejor capacitar al personal para realizar la tarea en lugar de prohibir la actividad????

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  2. Anónimo10/5/12

    si no se limpian los pastizales en los baldíos y en las vías se llenan de mosquitos y de otros insectos. si la municipalidad no lo hace porque no dejan que los vecinos lo hagan?

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