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17/9/09

PROYECTOS PRESENTADOS EN SESÍON DEL DÍA 17/09

BLOQUE PARTIDO SOCIALISTA – FRENTE PROGRESISTA

Tema: Datos padrón contribuyentes
Concejal: Oscar Pieroni

Tema: Desagües Fonavi “I”
Concejal: Oscar Pieroni

Tema: Documental sobre Clemente Arona
Concejal: Fabián Vernetti

Tema: Razas potencialmente peligrosas
Concejal: Fabián Vernetti




PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Tema: Datos padrón contribuyentes

Concejal: Oscar Pieroni


En base a los siguientes
Fundamentos

Lograr eficiencia en la recaudación es no sólo un aspecto económico, sino también una cuestión de justicia en términos tributarios.

Así, como municipio, debemos disponer las medidas conducentes a lograr una mayor eficiencia, fundamentalmente en lo que hace a los tributos significativos.

Una de las cuestiones en debate es la cuestión de la cobrabilidad de la denominada tasa por hectárea, lo que llevara a solicitar al DEM información diversa sobre las acreencias en tal sentido.

Siendo el déficit en la información sobre los contribuyentes afectados uno de los argumentos esgrimidos en la baja eficiencia recaudatoria, es necesario solucionar el problema y una de las fuentes posibles es la Administración Provincial de Impuestos.

Por ello presentamos para el análisis del Concejo Municipal el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Art. 1º: Solicítese a la Administración Provincial de Impuestos – API el padrón de contribuyentes de Impuesto Inmobiliario Rural del distrito Venado Tuerto con sus respectivos domicilios fiscales.

Art. 2º: Solicítese al Servicio de Catastro e Información Territorial la información obrante en el mismo respecto de las propiedades rurales del distrito.

Art. 3º: De forma.

BLOQUE PS – FRENTE PROGRESISTA

Tema: Desagües Fonavi “I”

Concejal: Oscar Pieroni


PROYECTO DE COMUNICACION

En el barrio Fonavi Sector I, conocido como Barrio Municipal, ubicado en España y Azcoaga, se reitera el problema de acumulación de agua en los desagües internos y los circundantes.

Fundamentalmente sobre calle España y Pasaje Sobral se da una acumulación permanente de agua estancada con los efectos esperables de descomposición, riesgo, etc.

Esto provoca que no circule el agua además por los pasajes internos y sus desagües acanalados.

Esta acumulación se da a pesar de existir sobre el sector una canalización adecuada y, fundamentalmente, por un problema de niveles de los desagües ubicados en Almafuerte y Manzano.

Solicitamos se proceda a corregir la deficiencia de desagüe en el sector mencionado para evitar la acumulación de agua.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente COMUNICACIÓN N° , a los días del mes de del año dos mil nueve.-

BLOQUE PS – FRENTE PROGRESISTA

Tema: Documental sobre Clemente Arona
Concejal: Fabián Vernetti

PROYECTO DE DECLARACION


VISTO:

Que se estreno en nuestra ciudad la documental “Gatillo fácil, justicia difícil”, basado en el lamentable episodio que terminó con la vida del joven del venadense Clemente Arona; y

CONSIDERANDO:

Que el 8 de setiembre de l999 la moto que conducía Clemente Arona fue atropellada por el móvil policial cuando se desplazaba por Ruta 8 y calle Chacabuco de Venado Tuerto. Luego del accidente Arona fue trasladado al Hospital Clemente Álvarez de Rosario donde falleció tras una lenta y dolorosa agonía de dos semanas.

Que la investigación judicial determino que Arona había concurrido a visitar a su novia, y haciendo el recorrido habitual para regresar a su casa fue atropellado por el móvil policial del Comando Radioeléctrico. Las pericias determinaron que el patrullero llevaba una velocidad de más de 120 kilómetros horarios algo muy infrecuente para una zona que es muy transitada.

Que las pericias además indicaron que el joven fue embestido en forma harto sospechosa. La moto de gran cilindrada fue chocada desde atrás y arrastrada casi 100 metros. También las pericias podrían demostrar que el conductor no habría realizado ninguna maniobra para evitar la colisión.

Que Ana Braghieri, madre del fallecido, denunció rápidamente que el hecho no fue casual y desde ese momento, junto a la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, comenzó una larga lucha contra una verdadera maraña judicial y una trama de complicidad e impunidad.

Que en diciembre de 2006, el agente Roberto Mandelli, quien estaba acusado de perseguir, atropellar y dar muerte a Arona, fue sobreseído por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, y sigue integrando la fuerza policial.

Que el reclamo de justicia por la sospechosa muerte de Clemente Arona, emparentado con tantos otros casos de muertes en manos de fuerzas de seguridad, tomó trascendencia nacional y recibió muestras de solidaridad de distintas partes del país.

Que el caso de Clemente Arona es uno de los hechos más emblemáticos de violencia policial ocurridos en los últimos años en la provincia de Santa Fe.

Que familiares y amigos del joven, que a su muerte tenía 23 años, continúan marchando por las calles del centro de la ciudad todos los días viernes con pancartas en reclamo de justicia por su muerte.

Que el 24 de septiembre se cumplieron 10 años del fallecimiento de Clemente Arona.

Que reconstruyendo la muerte de Clemente Arona y la lucha por el esclarecimiento que llevaron adelante sus seres queridos, el director chileno Joaquín Vallejo filmó el documental “Gatillo Fácil, Justicia Difícil” que acaba de presentarse en nuestra ciudad y que participará en distintos festivales.

Que dicho documental fue producida por la Casa de la Memoria y La Liga Argentina por los Derechos del Hombre (filiales Rosario).

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:


DECLARACION

Art.1º.- Declarar de Interés Municipal el documental “Gatillo Fácil, Justicia Difícil”.

Art.2º.- Envíese copia al Director Joaquín Vallejo, a la casa de la Memoria (filial Rosario) y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre (filial Rosario y Venado Tuerto).-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los días del mes de del año dos mil nueve.-


PROYECTO DE DESPACHO
Sobre Proyecto Fojas ## Expte. 3074 – I -_99 tomo V

Obra en los asuntos a tratar el proyecto de marras, proponiendo agregar en la factura del servicio de provisión de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos un aporte especial para Bomberos.

Se comparte la preocupación por la situación de la Asociación de Bomberos Voluntarios, pero la misma debe ser resuelta con recursos genuinos desde el municipio.

Por otra parte, la cuestión de la no incorporación de conceptos ajenos al servicio por parte de prestatarios de servicios concesionados ha sido ampliamente tratada por el Concejo.

Como producto de ese tratamiento el cuerpo se ha expedido solicitando que ello no se efectúe, por ejemplo en las Resoluciones 2811 y 2912 del 2004, 3050 y 3109 del 2005, etc. sancionadas con el apoyo de amplísimas mayorías de los integrantes del mismo.

No sólo estas Resoluciones expresas se produjeron, sino que además y ante planteos concretos (caso por ejemplo del Avión Ambulancia) desde este Concejo Municipal se solicitó expresamente que no se incurriera en la metodología de cargar en facturas de servicios aportes que no correspondieran.

Por otra parte, reconocidas deficiencias financieras en innumeras asociaciones que a diario aportan a la comunidad, difícilmente podría negarse la aplicación de igual criterio, desvirtuándose el concepto del servicio prestado y concesionado, posibilitando incluso la generación de oportunidades de negocios a cobrar en la factura del servicio.

La Municipalidad avanzó, no sólo por Resoluciones sino por Ordenanzas que claramente determinan la limitación y que estaríamos violando, como la 2974/02, sancionada en agosto de dicho año.

Tanta es la preocupación que el tema generó en el tiempo que, a propuesta del Concejal Giner se sanciona la Ordenanza 3368/06, que determina duras sanciones a concesionarios de servicios concedidos por este municipio que emiten facturas a los usuarios apartándose de los parámetros de la concesión, con perjuicio económico para la población que usa los mismos, agregándose al art. 64, Capítulo VI Faltas contra las Autoridades Municipales de la Ordenanza Nº 2725/1999 una tipificación “toda empresa concesionaria de servicios públicos que, apartándose de las pautas contractuales de la concesión y objeto de la misma con perjuicio para el usuario, emita sus facturas incluyendo importes que no son los que corresponden rigurosamente al servicio, será pasible de una multa equivalente al cinco (5%) por ciento del monto total de la facturación emitida”.

Esa sanción según ingresó tiempo atrás información en este Concejo, incluso fue aplicada a la concesionaria del servicio de electricidad

BLOQUE PS – FRENTE PROGRESISTA

Tema: Razas potencialmente peligrosas

Concejal: Fabián Vernetti


PROYECTO DE ORDENANZA


VISTO:

La necesidad de generar un marco normativo que estimule la tenencia responsable de mascotas de razas potencialmente peligrosas cuyo descuido puede provocar accidentes, lesiones y daños graves; y

CONSIDERANDO:

Que, es necesario que la población se responsabilice acerca del potencial peligro que significa la tenencia de un animal de determinadas razas y, por tanto, tome activamente las medidas necesarias para evitar accidentes con sus canes, ya que son los dueños o tenedores los que deben dar garantías a la ciudadanía en general.

Que, cualquier persona sin experiencia y sin conocimiento puede acceder a la compra de un perro Dogo Argentino, Rottweiller u otro similar “sin papeles” a bajo costo e incluso “cruzándolo” varias veces al año y vendiendo sus crías, reproduciendo geométricamente la población de estos animales sin ningún tipo de control por parte del Ejecutivo.

Que, es imprescindible que el vecino ante la posibilidad de sufrir un ataque por parte de estos animales tenga acceso a la información del can y de sus dueños o tenedores.

Que, a menudo los poseedores de estas razas niegan o desconocen el verdadero peligro potencial que el hecho encierra.

Que el problema de los animales sueltos en la vía pública ha sido abordado ya por el Concejo Municipal a través de la ordenanza 2661-99 que establece en su artículo 3º que: “Los canes que se encuentren en la vía pública deberán ser conducidos por sus dueños o responsables, sujetos con collar, cadena o correa adecuada, con el pertiente bozal con la patente de registro de vacunación autorizada”.

Que esta ordenanza establece claramente que si los perros que se encuentran en la vía pública no poseen estos elementos de protección son plausibles de captura. Al respecto es el Ejecutivo Municipal quien debe ejercer la potestad de control y sanción pertinente.

Que es habitual encontrar animales de razas potencialmente peligrosas sueltos en la vía pública. Pese a existir ordenanza sobre animales en general es necesario avanzar sobre el particular de las razas más agresivas.

Que, de tal modo pueden consensuarse las opiniones al respecto para crear en forma expeditiva una norma que regule la tenencia de estos animales.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:


ORDENANZA

Artículo 1º - Créese el Registro de perros de razas potencialmente peligrosas (R.P.P.) para las siguientes razas de animales: Pit Bull Terrier, Stafforshire Bull Terrier, American Stafforshire Terrier, Rotweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileño, Rosa Inu, Akita Inu y sus mestizos.

Artículo 2º.- A los fines de la implementación del Registro establecido en el artículo precedente el Dispensario Canino Municipal, procederá a:

a) Confeccionar un listado para encuadrar a otros perros que se consideran de razas potencialmente peligrosos y que no estuvieren incluidos en el articulo precedente, teniendo en cuenta el porte, peso, medidas, antecedentes, y/o las que establezca la reglamentación.

b) LLevar un Registro de los mismos con soporte digital en que quedarán asentados los datos de sus propietarios y de vacunación antirrábica, esterilizaciones y desparasitaciones.- Asimismo se registrarán las comunicaciones que el propietario o tenedor debe realizar dentro de las 48 hrs. en caso de robo, extravío o muerte. A su vez, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, podrá llevar a cabo convenios y acuerdos con el Colegio de Veterinarios, para que cada profesional tenga su propio Registro, el cual deberá estar relacionado con el Registro del Dispensario Canino quien oficiará de ente coordinador.

c) La identificación de los canes y sus tenedores, se hará mediante haciendo entrega al propietario de una tarjeta identificatoria con sus datos y los de su mascota la que deberá portar siempre que el animal este fuera de su ámbito habitual y para ser presentada siempre que la autoridad lo requiera. A tales fines el Dispensario Canino realizará un llamado voluntario por el término de tres meses a los fines que los propietarios y tenedores concurran a la misma.

d) Implementar un Registro de Criadores en el que obligatoriamente deberán inscribirse los que estimulen la reproducción, venta y comercialización.

Artículo 3º.- Instructivo para Titulares:

En el momento de la identificación del animal en las dependencias del Dispensario Canino, se hará entrega de un instructivo gratuito de crianza y prevención de accidentes, el cual también deberá ser entregado a los criadores, veterinarios y otros interesados.-

Artículo 4º.– Seguridad en la Vivienda.:

Los propietarios y/o tenedores de estos canes, están obligados a prevenir las molestias y adoptar las medidas precautorias y de seguridad en la vivienda donde permanezca el animal.-

Artículo 5º- Sanciones.- El incumplimiento de la obligación de registración por parte de los propietarios y/o tenedores de los canes de razas potencialmente peligrosas, así como la falta de registración de los Criadores y/o comercializadores de tales especies en el Registro que al efecto lleve el Dispensario Canino, será pasible de multa de $ 150 a $1.000.- Igual pena se aplicará a quienes circulen en la vía pública con tales perros, sin collar, correa corta y bozal.- ”

Artículo 6º.- De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los días del mes de del año dos mil nueve.-


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