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21/11/09

PROYECTOS PRESENTADOS - SESIÓN 18/11

BLOQUE PS – FRENTE PROGRESISTA

Tema: Fondo Desarrollo Productivo
Concejal: Oscar Pieroni

Tema: información p/tratamiento actualización TGI
Concejal: Fabián Vernetti


Tema: Fondo Desarrollo Productivo

Concejal: Oscar Pieroni

PROYECTO DE COMUNICACION



Por Ordenanza 3562/07 modificatoria de la Ordenanza 2730/00 se imputa parte de una recaudación al Fondo Desarrollo Productivo.

El mandato claro de la misma es crear por Ordenanza dicho Fondo.

En tal sentido en noviembre de 2008 fue presentado por esta bancada el Proyecto de Ordenanza de creación del Fondo de Desarrollo Productivo e Innovación Tecnológica que recepta dicha alícuota entre otros aportes.

Dicho proyecto aún obra en comisión, no habiendo despacho del mismo.

De todas maneras es clara la imputación específica de esos importes, lo que implica la no utilización del dinero para otros conceptos.

Por ello requerimos al DEM:

informe el importe recaudado en lo que va del año por lo establecido en el inc. a), Art. 11°, de la Ordenanza 2730/00 (determinado en), así como las multas establecidas en el mismo inciso;

impute dichos importes en una cuenta específica de ingresos; y

se abstenga de utilizar esos importes para otro concepto.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente COMUNICACIÓN Nº , a los días del mes de del año dos mil ocho.



Tema: información p/tratamiento actualización TGI

Concejal: Fabián Vernetti



PROYECTO DE COMUNICACION



El 11 de noviembre el Concejo Municipal recibió el Mensaje Nº 047-H-2009 del Departamento Ejecutivo Municipal, donde a través de un proyecto de ordenanza se solicita la aprobación de una actualización del valor de la Unidad Tributaria Municipal en un 12 %. Se argumenta que ese es el porcentaje correspondiente según las pautas fijadas en el artículo 5 de la ordenanza 3565/07.

El mismo artículo determina que, a partir de que el DEM envíe la propuesta de actualización al Concejo, el Poder Legislativo tendrá un límite de dos (2) sesiones Ordinarias consecutivas para su tratamiento, quedando de otro modo automáticamente aprobada la actualización del valor monetario de la UTM según el método señalado. Es decir que el plazo límite que tiene este Cuerpo para pronunciarse es la sesión próxima, correspondiente al día miércoles 25 de noviembre.

Los municipios y comunas, al igual que la Provincia de Santa Fe, atraviesan una crisis de recursos para su funcionamiento. En este sentido, el Concejo Municipal de esta ciudad tiene la responsabilidad de velar por la correcta prestación de los servicios, atendiendo a la búsqueda junto al DEM que estos no se resientan, pero también debe cumplir con el rol de contralor que le corresponde, garantizando la correcta ejecución de los dineros públicos.

Que este Cuerpo haya aprobado un método para recalcular el valor de la UTM no significa que su aprobación deba reducirse a un mero cálculo matemático o un simple trámite automático anual, ya que es responsabilidad del Poder Legislativo tener en cuenta variables que comprenden y alcanzan no solo al municipio sino a toda la ciudadanía, como el contexto económico en el que está inmersa, donde esta actualización se traduce en una nueva carga que impacta en el costo de vida.

Por otro lado, sería una clara irresponsabilidad de este Concejo dar tratamiento del mencionado proyecto de Ordenanza que contempla una actualización del valor de la TGI sin tener conocimiento del estado económico financiero del municipio, siendo imprescindible para este cuerpo poder acceder a la ejecución presupuestaria que el Ejecutivo no ha cumplido en remitir hasta el día de la fecha. Oportunamente, a través de la Comunicación Nº 4181/09, se le solicitó “al DEM dé cumplimiento a lo estipulado por Ordenanza 3622/08 enviando para el período 2009 las ejecuciones parciales discriminadas por mes y Jurisdicción y/o Secretaría y/o Dirección según el caso por cuentas del presupuesto autorizado, consignando el gasto devengado y el porcentaje de ejecución de cada partida debiendo remitirse en documento y en soporte informático”. Ante la falta de respuestas, el pedido fue reiterado en la comunicación 4196/09, pero hasta la fecha con resultado infructuoso.

Según el Presupuesto General de recursos y gastos para el año 2009 se reconoce un total de $ 40.000.000 en erogaciones en personal a lo que se debe sumar parte del $1.400.000 en concepto de honorarios y retribuciones a terceros. Esto teniendo en cuenta la magra información que se puede desprender del Presupuesto mencionado.

Según la ejecución del presupuesto de 2008, la planta de personal compuesta por planta permanente, contratados, eventuales y otros alcanza los 1124 empleados; pero extra oficialmente circulan versiones que aumentan considerablemente la cantidad en la nómina de personal afectado a tareas en el Ejecutivo Municipal. Se ha solicitado en múltiples oportunidades al Departamento Ejecutivo Municipal remita informes sobre la planta municipal especificando situación de revista: planta permanente, personal contratado, personal de gabinete, planta transitoria, asesores y toda otra forma de relación que implique una relación de empleo o prestación de servicios hacia el municipio así como el cargo desempeñado.

Nuestra preocupación es por el costo operativo del municipio ya que parecería haber un gasto en personal que impide la concreción de obras, que atenta contra la estabilidad financiera, permanece endeudado, etc., además del sobredimensionamiento de áreas, superposición de tareas, estados de contratación irregular, etc.

Al respecto, este Concejo Municipal ha solicitado en numerosas oportunidades diversa información acerca de la nómina completa de personas que prestan tareas para el Departamento Ejecutivo Municipal, siendo la más reciente la Comunicación 4323/09, que permanece sin respuesta.



Si bien es obligación del Intendente conforme artículo 41, inciso 14 de la Ley Orgánica de Municipalidades remitir la información que solicite este Concejo ninguna de estas comunicaciones han sido respondidas a la fecha. Del mismo modo se transgreden las Ordenanza Nº 2762, su modificatoria Nº 3606 que regulan el Acceso a la Información Pública y la Ordenanza 2315 que establece en su artículo 1º que “las Resoluciones y peticiones emanadas del Concejo Municipal, por medio de las cuales de requieren informes al departamento Ejecutivo Municipal, Secretarías y/o dependencias públicas municipales o concesionarias, deberán ser cumplidas dentro de los diez (10) días hábiles de su recepción por el organismo o entidad de que se trate, plazo que podrá ser ampliado en diez (10) días hábiles por razones justificadas mediante resolución fundada del requerido” y en su artículo 2º que “la evacuación del informe o la remisión de las actuaciones del expediente, solo podrán ser negadas si existiera justa causa de reserva o de secreto, circunstancia ésta que deberá ser fundadamente expresada y ponerse en conocimiento del Concejo Municipal dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción del requerimiento que la origina, quién decidirá o no la pertinencia de la negación”.



La falta de rendiciones de la información requerida al Ejecutivo Municipal avasalla al rol que le corresponde al Poder Ejecutivo, y debe este Cuerpo no aceptar que para evaluar Ordenanzas como la que nos ocupa deba recurrir a cálculos estimativos.

Por todo lo anteriormente expuesto es que solicitamos al DEM tenga a bien remitir, en carácter de urgente:

Las ejecuciones parciales correspondiente al Ejercicio Presupuestario en curso, discriminadas por mes y Jurisdicción y/o Secretaría y/o Dirección según el caso por cuentas del presupuesto autorizado, consignando el gasto devengado y el porcentaje de ejecución de cada partida debiendo remitirse en documento y en soporte informático.

Nómina total de personas afectadas a tareas dependientes del Departamento Ejecutivo Municipal cualquiera sea su situación de revista e incluyendo las que corresponden a Plan de Empleo Temporario, con descripción de clase de vínculo que mantienen con el municipio.

Especifique la fecha de ingreso, cuáles son sus funciones, remuneración que perciben, sea en honorarios, sueldos, comisiones, viáticos, aportes o toda otra forma que represente la más mínima erogación de fondos municipales.

Remisión de copia del contrato, en caso de existir.



Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente COMUNICACIÓN Nº , a los días del mes de del año dos mil nueve.-

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