En el año 2010 este Cuerpo solicitó que el Sr. Secretario de Gobierno Prof. Jorge Druetta y a quién el Departamento Ejecutivo considere conveniente, concurran a una reunión de trabajo sobre la ejecución de la Ordenanza Nº 3077/03, que regula todo lo concerniente a las cerealeras radicadas en zona de uso No Conforme.
La reunión nunca se efectivizó, pero los reclamos y las consecuencias medioambientales que estaría sufriendo la población continúan.
La Ordenanza aprobada en el año 2003 establece que a los emprendimientos existentes ubicados en zonas de uso no conforme se les otorgará un uso precario y habilitación provisoria por un plazo determinado en función del grado de molestias que la actividad provoque, fijando además algunas condiciones a cumplimentar.
Ante la falta de información oficial, y las afirmaciones contradictorias de funcionario municipales a través de los medios periodísticos y de las versiones de los responsables de las cuestionadas cerealeras, es que el Concejo debe insistir en acceder a la información fehaciente y definitiva del accionar municipal en cumplimiento de la mencionada Ordenanza.
Es deber del Estado en su conjunto velar por el bien común, instrumentando los medios y/o mecanismos que propicien el cumplimiento de las leyes. Y porque es necesario un Estado fuerte, decidido a ejercer los controles que le compete, es que el Concejo pretende apoyar en todo lo necesario el Poder Ejecutivo Municipal.
Por lo expuesto, este Concejo solicita nuevamente al Sr. Secretario de Gobierno Prof. Jorge Druetta y a quién el Municipio considere conveniente, remitan la documentación correspondiente a las actuaciones municipales realizadas tendientes al cumplimiento de la Ordenanza.
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Concejal Fabián Vernetti 13-4-11
En el año 2010 este Cuerpo solicitó a través de las Comunicaciones Nº 4291 y 4359 que el Sr. Secretario de Gobierno Prof. Jorge Druetta y a quién el DEM considere conveniente, concurran a una reunión de trabajo sobre la ejecución de la Ordenanza Nº 3077/03, que regula todo lo concerniente a las Cerealeras radicadas en zona de uso No Conforme.
La reunión solicitada nunca se efectivizó, pero los reclamos y las consecuencias medioambientales que estaría sufriendo la población continúan.
La Ordenanza 3077 aprobada en el año 2003 establece que a los emprendimientos existentes ubicados en zonas de uso no conforme se les otorgará un uso precario y habilitación provisoria por un plazo, determinado en función del grado de molestias que la actividad provoque, con un máximo de 10 años. Es decir que, indefectiblemente, deben dejar de funcionar en el año 2013. Pero además fijaba que podían permanecer hasta entonces solo si cumplían con las condiciones establecidas, es decir: no deben generar ruidos molestos o vibraciones que se trasmitan a los vecinos linderos, ni emitir al medio ambiente residuos industriales (líquidos o sólidos) polvo, humo, olores, suspensiones sólidas o contaminantes nocivos para la salud o los bienes vecinos; no tener almacenamiento de productos que puedan ocasionar la presencia o proliferación de alimañas o roedores, no se deberá generar conflicto con el tránsito. Estas condiciones debían ser controladas por el municipio.
La Ordenanza significaba la puesta en marcha de un régimen especial de relocalización de empresas y actividades, a través de pautas claras. En su artículo 6 establece como requisito, entre otros, que “las empresas recurrentes adaptarán sus procesos y actividades de modo tal que sean respetadas las normas sobre higiene, seguridad y saneamiento ambiental vigentes; modificaciones que se verán plasmadas en un convenio de obras y plazos, obligatorio. La suscripción del convenio de obras precitado, así como su cumplimiento en tiempo y forma serán condición "sine qua non", tanto para el uso precario como para el otorgamiento de la habilitación, y su continuidad”.
Dicho convenio debía ser remitido a este Concejo Municipal a los efectos de su homologación, la cual quedaba perfeccionada si en un plazo de 15 días no se formulaban objeciones. Además, el artículo 8 dispone que “El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la repartición encargada de la aplicación de la presente Ordenanza, deberá informar a este Concejo Municipal en forma trimestral acerca del cumplimiento por parte de las empresas afectadas de los respectivos contratos de obra”.
En este sentido, es indicio preocupante que desde la promulgación de la Ordenanza (2003) a la fecha no se ha remitido al Concejo Municipal para su tratamiento ningún convenio de obra dispuesto. A lo largo de los años se presentaron y aprobaron numerosas Comunicaciones solicitando el cumplimiento de la Ordenanza, sin respuesta alguna.
En el mes de febrero del corriente año, en respuesta a los reclamos de vecinos perjudicados por la actividad de estas Cerealeras, hemos visto al Secretario de Gobierno Sr. Jorge Druetta anunciar a través de una conferencia de prensa que “desde el municipio venimos haciendo un relevamiento y un censo de todas las actividades que se desarrollan por fuera del marco normativo, y que sucede así desde hace muchos años. Estamos haciendo no solo un seguimiento sino un censo para constatar cómo se encuentra cada una de estas empresas que dentro de dos años tendrán que cesar su actividad en esos lugares”
También afirmó que “otra de las tareas que estamos llevando a cabo es controlar el proceso de construcción de las nuevas instalaciones adonde se trasladarán. Es decisión del intendente Freyre que aquellos comercios que no cumplimenten en tiempo y forma la ordenanza, porque están especulando con la posibilidad de una nueva prorroga, tendrán que cumplir irrestrictamente la letra que establece la ordenanza. Es decir que, en el 2013, aquellos lugares habilitados transitoriamente van atener que mudarse. De lo contrario se le cerrarán las puertas haciendo uso del poder de policía que tiene el municipio”
Sin embargo, a través de charlas informales con los responsables de algunas de las mencionadas cerealeras, la información obtenida es absolutamente contraria a las afirmaciones del Secretario Druetta. Afirman que el municipio no se les ha acercado a plantear nada relacionado al cumplimiento de la mencionada Ordenanza, por lo tanto prevén que la pretensión de mudar sus actividades en el 2013 no será efectivizada.
Ante la falta de información oficial, y las afirmaciones contradictorias de funcionario municipales a través de los medios periodísticos y de las versiones de los responsables de las cuestionadas cerealeras, es que el Concejo debe insistir en acceder a la información fehaciente y definitiva del accionar municipal en cumplimiento de la mencionada Ordenanza.
Restan solo dos años para el vencimiento del plazo máximo otorgado a las mencionadas empresas y, más allá de las afirmaciones realizadas por funcionarios en distintos medios periodísticos, no se observan movimientos tendientes a la concreción de los traslados pertinentes.
Las cerealeras deben cumplimentar con los requisitos exigidos por las normativas Nacionales y Provinciales aplicables a la actividad que se desarrolla, y a las ordenanzas vigentes. Sin embargo, se recepcionan en forma permanente quejas, reclamos y testimonios de vecinos perjudicados. En consecuencia, parece haber una presencia deficitaria por parte del estado en el control de las normas medioambientales.
Estamos convencidos de que la Municipalidad no debe disminuir el poder de policía que le compete en cuanto al control de la contaminación ambiental que las industrias y las aplicaciones con agroquímicos pudieran provocar, sino por el contrario, erigirse en protector de las condiciones medioambientales óptimas, evitando el perjuicio en la salud de la población.
Es deber del Estado en su conjunto velar por el bien común, instrumentando los medios y/o mecanismos que propicien el cumplimiento de las leyes. Y porque es necesario un Estado fuerte, decidido a ejercer los controles que le compete, es que el Concejo pretende apoyar en todo lo necesario el Poder Ejecutivo Municipal.
Por lo expuesto, este Concejo solicita que al Sr. Secretario de Gobierno Prof. Jorge Druetta y a quién el DEM considere conveniente, remitan la documentación correspondiente a las actuaciones municipales realizadas tendientes al cumplimiento de la Ordenanza Nº 3077/03.
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