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24/8/11

Derrumbes en la Casa del Bicentenario



Recientemente se ha derrumbado una pared de grandes dimensiones en una obra en construcción a cargo del municipio. Según informó prensa municipal, y reprodujeron algunos medios, una “pared decorativa de la Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario”, que se construye sobre calle Sarmiento, muy cerca de la intersección de Falucho y la Vía, sufrió el derrumbe de una pared. Se explicó que la causa fue “el fuerte viento imperante en la ciudad” (sic). Es absurdo achacarle a la acción del viento el hecho de que un muro se caiga. Estructuralmente el edificio es DEFICIENTE. Efectivamente, el derrumbe se dio DURANTE una tormenta, pero no parece ser POR la tormenta, sino por las deficiencias en la construcción.
Por este motivo realizamos un fuerte reclamo solicitando al Municipio, que proceda a:
1) Vallar inmediatamente la obra mencionada, en cumplimiento de las leyes y en prevención de posibles accidentes.
2) Realizar una inspección verificando si la obra se realiza de acuerdo a los documentos contenidos en el expediente municipal y las normas constructivas, y descartar futuros posibles derrumbes.
3) Enviar al Concejo Municipal un informe de las actuaciones realizadas en cumplimiento del Punto 2.
4) Informar a este Cuerpo nombre de profesional/es responsables de la obra mencionada.


PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Concejal Fabián Vernetti. Sesión 24 de agosto de 2011
Recientemente se ha derrumbado una pared de grandes dimensiones en una obra en construcción a cargo del municipio.
Según informó prensa municipal, y reprodujeron algunos medios, una “pared decorativa de la Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario”, que se construye sobre calle Sarmiento, muy cerca de la intersección de Falucho y la Vía, sufrió el derrumbe de una pared. Se explicó que la causa fue “el fuerte viento imperante en la ciudad” (sic).
Al respecto, Dario Mascioli, secretario de desarrollo productivo municipal, agregó: “son gajes del oficio, en un esquema constructivo que tiene distintas etapas. Esta pared seguía el formato de las arcadas, acorde al proyecto final. Es una pared alta que se derrumbó el día de gran viento, porque aún carece de los anclajes del techo”.
Se trata de una obra que se encuentra enclavada en la zona lindante al Parque de la Niñez, espacio público asiduamente ocupado por la ciudadanía, y que carece por completo de vallas provisorias que protejan de eventuales accidentes. La construcción es, a menudo, recorrida internamente como un paseo por los mismos ciudadanos que asisten al Parque, y el mismo día del derrumbe, nada impedía que el lugar fuese ocupado para guarecerse de los fuertes vientos. Incluso por la noche hay una guardia que habita el interior de la obra. Es decir, solo por azar y no por previsión, no hay víctimas del mencionado derrumbe.
Y respecto a la falta de vigilancia sobre el predio frente a los posibles riesgos que otro derrumbe pueda ocasionar, el funcionario Mascioli sostuvo que en esta zona “habría que plantearse una guardia permanente”, asegurando que "nos gustaría tener un cerco total, que cuesta 30 mil pesos, y con ese dinero podemos hacer otras dependencias”.Y concluyó:“se sumará una guardia diurna, garantizando el control sobre toda el área, incorporada al Parque de la Niñez, una de las atracciones del complejo ferrourbanístico”.
El Reglamento de Edificación de nuestra ciudad ordena, en la “Sección 4 – De la Ejecución de las Obras:
4.1. De las vallas provisorias.
4.1.1. Construcción, dimensión y ubicación de las vallas provisorias al frente de las obras.
Es obligatoria la colocación de una valla provisoria en la vereda a todo lo largo del frente, mientras se está realizando un trabajo que ofrezca un peligro o sea un obstáculo para el tránsito por la vía pública.
La valla se construirá con maderas o chapas de metal en buen estado de conservación que impida la salida de materiales de cualquier tipo hacia la vereda.
El cerco provisorio tendrá 2 metros de alto como mínimo.”

Es preocupante que el municipio reconozca con tanta despreocupación que desconoce el propio Reglamento de edificación que debe hacer cumplir. A menudo hemos presentado en este Concejo pedidos de cumplimiento respecto a Cuerpo de Inspectores municipales que debe recorrer las obras en construcción con el objetivo de detectar irregularidades y prevenir accidentes. Qué lejos parece estar el municipio de cumplir con su rol de control de las leyes imperantes, cuando el propio estado Municipal desconoce el cumplimiento más elemental de las mismas leyes, en faltas tan notorias como el vallado reglamentario.

Que el funcionario municipal afirme que no cumple con la ley porque “con ese dinero podemos hacer otras dependencias”, parece darle validez a cualquier constructor para eludir cumplir con los vallados reglamentarios, porque con ese dinero se podría ayudar a alguna institución de bien público. El vallado está determinado por ley porque constituye un elemento esencial para garantizar la seguridad de la comunidad.

Al respecto, deben existir responsables designados de la obra. El mismo Reglamento de Edificación obliga:
“2.4.1. En ejercicio de su profesión, los profesionales deben cumplir con exigencias cuya reglamentación y supervisión está a cargo del Concejo de Ingenieros de la provincia.
2.2.1 Responsabilidad Profesional
Los profesionales que intervengan en las obras serán directamente responsables de las fallas técnicas y constructivas, como así mismo de los daños a terceros que pudieran producirse, de acuerdo a la función o funciones que les correspondan según lo determinado en el expediente municipal.
2.2.8. Solicitud de inspecciones de obras
El personal designado por la municipalidad hará las inspecciones, en la forma que estime conveniente, para verificar si la obra se realiza de acuerdo a los documentos contenidos en el expediente municipal y las normas constructivas. La falta de estas inspecciones o la no comprobación de las faltas por la inspección no atenúan ni elimina las responsabilidades de los profesionales constructores.
2.3 – De las penalidades
2.3.3.3. Aplicación de suspensión en el uso de la firma. Inc.6.: Cuando se produzcan derrumbes parciales o totales por deficiencia en los cálculos o en la construcción: de uno a diez años.”
Sobre las razones del derrumbe, es al menos irresponsable afirmar que se trató de “gajes del oficio”, que se derrumbó porque “Es una pared alta en un día de gran viento, y aún carece de los anclajes del techo”. Las razones parecen ser más complejas y evitables, ya que una pared no se derrumba si está bien construida o si, debido a que aún no se encuentra en condiciones, es debidamente apuntalada, como cualquier profesional de la construcción puede coincidir.
Se trataba de pared levantada de ladrillo cerámico rojo de 18cm de espesor y una altura cercana a los 6 metros (se adjunta foto 1) que se erguía aparentemente sin apoyo alguno, sin una estructura que la soporte (falta de columnas, encadenados verticales o de un apuntalamiento que la contenga), con sola columna en un extremo anclando la pared al piso. La pared funcionaba entonces como una lámina inestable, poco rígida, sin refuerzos verticales adecuados que colaboren en soportar esfuerzos laterales (Ej.: viento), dándole al conjunto mayor rigidez. Precisamente el incremento de los vientos terminó desestabilizándola.

Es absurdo entonces achacarle a la acción del viento el hecho de que un muro se caiga. Estructuralmente es DEFICIENTE. En caso de que por algún motivo del Proyecto el encuentro de muros que rigidiza la estructura no se hubiere ejecutado en esta etapa, se deben prever apuntalamientos necesarios para que esto no suceda.

Efectivamente, el derrumbe se dio DURANTE una tormenta, pero no parece ser POR la tormenta, sino por las deficiencias en la construcción. Recorriendo la obra (se adjunta foto 2 y 3) se puede observar que actualmente existe al menos una pared idéntica a la derrumbada, que esta fuera de plomo, situación que se vería agravado por la altura de la pared que finalmente debe alcanzar (la inclinación se incrementa con la altura) con lo que potencialmente conllevaría a otro derrumbe. De hecho, parte de la pared derrumbada continúa a gran altura sin apuntalamiento y en las mismas condiciones (se adjunta foto 4 y 5), pudiendo constituir un peligro real de nuevos derrumbes.

Por lo expuesto, se le solicita al DEM, para que a través de la repartición correspondiente, proceda a:
1) Vallar inmediatamente la obra mencionada, en cumplimiento de las leyes y en prevención de posibles accidentes.
2) Realizar una inspección verificando si la obra se realiza de acuerdo a los documentos contenidos en el expediente municipal y las normas constructivas, y descartar futuros posibles derrumbes.
3) Enviar al Concejo Municipal un informe de las actuaciones realizadas en cumplimiento del Punto 2.
4) Informar a este Cuerpo nombre de profesional/es responsables de la obra mencionada.

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