29/9/11
PARA QUE SE DECLARE SERVICIO PÚBLICO A LA TELEFONÍA MÓVIL
El Senador Nacional Rubén Giustiniani impulsó un Proyecto de Ley “DECLARACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO A LA TELEFONÍA MÓVIL”, por lo que las comisiones de Sistemas de Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y de Derechos y Garantías de la Cámara de Senadores de la Nación, invitaron a debatir la mencionada iniciativa. Apoyamos este debate, a favor de los usuarios de este tipo de servicios.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Concejal socialista Fabián Vernetti. Sesión 28 de septiembre de 2011.
VISTO:
El Proyecto de Ley impulsado por el Senador Nacional Rubén Giustiniani: “DECLARACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO A LA TELEFONÍA MÓVIL”; y,
CONSIDERANDO:
Que las comisiones de Sistemas de Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y de Derechos y Garantías de la Cámara de Senadores de la Nación, invitaron a debatir la mencionada iniciativa a la Unión de Usuarios y Consumidores, Consumidores Libres, Centro de educación al consumidor, Defensa de usuarios y consumidores, Adelco, las empresas Movistar, Personal, Claro, Nextel y a los especialistas en Derecho Administrativo Dr. Alberto Bianchi y en derechos de las telecomunicaciones y del consumidor Dr. Ariel Caplan.
Que en los últimos años el uso de telefonía móvil ha tenido un crecimiento muy significativo, reemplazando en muchos casos a la telefonía fija. Según datos publicados recientemente, en la actualidad existen en nuestro país alrededor de 8 millones de líneas fijas mientras que el número de celulares asciende a más de 45 millones.
Que si se toma la estimación de las líneas efectivamente en servicio, la cobertura se ubicaría en cerca de 93 por cada 100 habitantes, si bien debe tenerse en cuenta que ha crecido el número de personas que poseen más de un aparato.
Que con el desarrollo de nuevas tecnologías y la baja relativa de los precios de los teléfonos celulares, el servicio ha dejado de ser desde el punto de vista económico, un bien de lujo, y ha pasado a ser utilizado en forma genérica independientemente del nivel de ingreso de los usuarios.
Que la telefonía celular es utilizada en nuestro país por personas de diferentes edades y estratos sociales, siendo en la actualidad el medio de comunicación más utilizado por los jóvenes y por los padres de adolescentes, inclusive como sistema de seguridad para los mismos.
Que la masividad del servicio resalta la necesidad de la existencia de un marco regulatorio para la telefonía móvil, que además de regular las tarifas del servicio, permitirá dotar a sus usuarios de mayores derechos y garantías, a dar respuesta a los incesantes reclamos de los usuarios de celulares vinculados tanto a las deficiencias en la prestación del servicio como a problemas de facturación.
Que está demostrado por estadísticas que gran parte de los reclamos que registran las oficinas de defensa del consumidor se relacionan con el servicio de telefonía móvil.
Que a inexistencia de un marco regulatorio establecido por Ley, permite a las empresas prestadoras de servicio, una libertad de maniobras, fundamentalmente a la hora de establecer tarifas, sin ningún control del Estado, por lo que resulta pertinente avanzar en una normativa que permita regular tanto la calidad de prestación como el precio de los servicios.
Que la Constitución Nacional prevé en su artículo 42 la existencia de marcos regulatorios para los servicios públicos, generando el derecho de los usuarios a impugnar toda prestación de un servicio que se estuviera prestando sin marco regulatorio, o con una normativa que resultara insuficiente.
Que la interpretación de la norma constitucional indica que el Congreso Nacional debe no sólo dictar marcos regulatorios para cada servicio a prestar, sino una Ley Orgánica sobre marcos regulatorios, que sirva como orden general regulatorio que ninguno de los marcos específicos pueda desconocer.
Que los marcos regulatorios son la herramienta fundamental con la que cuenta el Estado para fijar los deberes, derechos y obligaciones de las empresas prestatarias de los servicios públicos. La definición clara y concisa de reglas de juego firmes, elaboradas con amplia participación de los poderes públicos y de la ciudadanía, y aprobadas por el Congreso de la Nación, constituye una necesidad fundamental de la experiencia argentina.
Que la declaración como servicio público de la telefonía móvil y el establecimiento de un Marco Regulatorio es una obligación del Estado, puesto que implica resguardar los derechos de los usuarios a la igualdad, a la seguridad y al control de calidad y eficiencia de los servicios que utilizan diariamente.
Que finalmente el proyecto de Ley pretende garantizar el acceso de los ciudadanos a servicios de telefonía móvil eficientes, de acuerdo a standares aceptables con la tecnología actual, con tarifas razonables y con estricto cumplimiento de las obligaciones pactadas dentro de los contratos de servicios, en tiempo y forma por parte de las empresas prestadoras del servicio.
Que como legislativo debemos continuar velando por el pleno ejercicio de los derechos y obligaciones de la ciudadanía, el sector público y privado, siendo la cuestión abordada por este proyecto de ley muy sensible y tocante al conjunto de la sociedad. Por esto es necesario que las Cámaras Alta y Baja, y las comisiones abocadas al tema, debatan por la construcción de un marco jurídico razonable y justo en el que los usuarios de telefonía móvil sean los principales beneficiados.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:
RESOLUCIÓN
Art.1º.- Adhiérase al tratamiento del Proyecto de Ley “DECLARACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO A LA TELEFONÍA MÓVIL”, en las Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación.
Art. 2º.- Remítase copia al señor Senador Nacional por la Provincia de Santa Fe, Rubén Héctor Giustiniani; y a las Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación.
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
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