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28/6/12

Categorización empleada municipal


Desde hace aproximadamente dos años, la Sra. Claudia Castellano ha cursado notas a sus superiores solicitando se le otorgue, en cumplimiento de la Ley 9286, la Categoría 21 en su trabajo. La respuesta ante esto, según manifiesta, ha sido de menosprecio, discriminación, tanto personal, política como profesional, acotando sus posibilidades de participación y progreso. 

Consideramos oportuno que el municipio, considere reparar lo que parece ser el legítimo e histórico reclamo de la trabajadora.


                                               PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Concejal socialista Fabián Vernetti

El Concejo Deliberante de Venado Tuerto recibió en el mes de mayo a la Sra. Claudia Castellano, DNI 14.710.020, empleada municipal con 28 años de antigüedad, que había solicitado una reunión con el plenario de Concejales para exponer un reclamo histórico respecto a sus derechos como empleada municipal.

La Sra. Castellano explicitó su reclamo y la reunión culminó con el compromiso del bloque de los Concejales justicialistas de comunicarse con el Departamento Ejecutivo Municipal y en dos días brindarle una respuesta.

En virtud del tiempo transcurrido, y al no haber recibido la Sra. Castellano respuesta alguna, es que a continuación se reproducen sus manifestaciones y se solicita la correspondiente respuesta.

La Sra. Castellano manifestó que ingreso como empleada a la municipalidad de Venado Tuerto en el mes de mayo del año 1984 en la categoría 17. También que posee una formación académica que incluye el Título de LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL (egresada de la Universidad Nacional del Comahue), OPERADORA EN MEDIACION SISTEMICA LEGAL Y FAMILIAR (Universidad del Salvador), TECNICA OPERADORA EN RECICLAJE DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS (Universidad Nac. De Rosario).

Es de destacar que la Sra. Claudia Castellano posee además una Experiencia Laboral extensa que incluye:
Profesional Fundadora en Escuela Especial para Sordos e Hipoacùsicos de Venado Tuerto
Trabajadora Social en el Ministerio de Asuntos Sociales de Rio Gallegos
Coordinadora de Centro de Comunitario Barrial de Rio Gallegos
Trabajadora Social a cargo de Escuela Primaria para Adultos, Venado Tuerto
Directora del departamento de Trabajo de Cooperativa de Obras Sanitarias de Venado Tuerto
Trabajadora Social en Dirección de Educación de la Municipalidad de Venado Tuerto
Trabajadora Social en el Área de Salud de la Municipalidad de Venado Tuerto, en Programa de Medicamentos para pacientes Crónicos.


Licenciada en Trabajo Social en la Municipalidad de Venado Tuerto.
Lic. En T. Social ANSES, delegación Venado Tuerto, como colaboradora designada por la Municipalidad, a Cargo de la atención y carga de Libretas de Asignación Universal por Hijos 04/2010 – 08/2010, 6000 libretas. La Sra. Claudia Castellano hasta fines de abril desarrolló su trabajo en el ámbito de la Subsecretaría de Salud, abarcando:

· Programa de atención a pacientes crónicos, atención, entrevista, evaluación, consulta con médico de cabecera, confección de carnet para medicación, entrega de medicamentos.

· Pedido, recepción y distribución de Leche maternizada a los centros de salud y en APM.

· Colaboración con el Director Médico Dr. Eduardo Román.

· Colaboración en Farmacia P. Chirinos.

· Colaboración en las campañas de vacunación, confección de carnets.

· Colaboración en tareas de Administración.

· Hasta fines de Abril del año en curso donde la Directora de Salud le comunica, por nota, que pasa a desempeñar funciones en el CEFID.

Desde hace aproximadamente dos años, la Sra. Claudia Castellano a cursado notas a sus superiores solicitando se le otorgue, en cumplimiento de la Ley 9286, la Categoría 21 en su trabajo. Basa la legitimidad de su reclamo en el título de LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, que le permite encuadrarse como profesional UNIVERSITARIO (al igual que los médicos, abogados, arquitectos) y no como Asistente Social título TERCIARIO.

Al respecto, la Sra. Castellano manifiesta haber mantenido en el 2011 entrevistas con sus superiores e incluso con el intendente de la ciudad, quién le prometió hablar con quién se desempeñaba como Secretario de Promoción Comunitaria, Dr. Pedro Busto, para que efectivice su reclamo. Sin embargo, siempre según lo manifestado por la Sra. Castellano, la última respuesta recibida por dicho funcionario fue negativa, argumentando “que él subjetivamente consideraba que no le correspondía ningún tipo de reconocimiento, ya que él premiaba a su gente, a sus soldados, que si los necesitaba a las 3 de la mañana podía contar con ellos y que la consideraba una empleada más, sin ningún tipo de mérito para que merezca recategorización.”

Sobre la mencionada entrevista, la Sra. Castellano manifiesta que le preguntó acerca de la designación en Categoría 19 que habían recibido tres Asistentes sociales que habían ingresado 10 años después de ella, a lo cual respondió que “es parte de la gente de su entorno que trabaja incondicionalmente para él”.

La Sra. Castellano le pide entonces que le brinde una oportunidad de igualdad de condiciones, remarcándole que siempre cumplía con sus órdenes o la de cualquier superior, y el Dr. Pedro Busto vuelve a reiterarle el pedido de poder encargarse el Plan Nacer que lo llevaba adelante una administrativa, tanto como pedirle que no contrate una Asistente Social para el Programa Prevea, a lo que tambien hizo oídos sordos respondiéndole que “es una empleada más y que no forma parte de su equipo de gente”, aclarándole con muy mal tono y doble sentido que el escucha y se entera de cuánto rumor haya en los pasillos y hasta en los baños.

Lo que la empleada mencionada reclama puede considerarse un justo reclamo de recategorización, con la consiguiente inserción e igualdad de trato y de oportunidades con sus colegas.

La respuesta de sus superiores, según manifiesta, ha sido de menosprecio, discriminación, tanto personal, política como profesional, acotando sus posibilidades de participación y progreso, contacto con sus pares y participación de los programas en marcha, situación por la que se siente acosada, en situación de segregación y aislamiento, actitud que ya le ha generado en mí daño profesional, moral y psicológico.

Como antecedente del injusto trato dispensado sobre su persona, durante el período 2000-2005 en que se encontraba trabajando como Licenciada en Trabajo Social en la Dirección de Educación de la Municipalidad, por una negativa a firmar autorización de becas a gente que no le correspondía, se la aparta del cargo, se le quita el adicional correspondiente a la tarea de Asistente Social y la envían a desempeñar funciones de auxiliar en la Dirección de Personal. Posteriormente realizo el reclamo legal correspondiente y la justicia le falló a su favor reintegrándole al cargo.

En todo momento su actitud fue de tratar de lograr un acercamiento a través del diálogo y lograr el reconocimiento de su justo pedido. Incluso, por temor a represalias, llegó a tener que repartir folletos partidarios del justicialismo en el barrio Güemes durante la última campaña electoral, hecho que debió hacer acompañada de su hija de 10 años para no tener que dejarla sola.

Según la Ley 9286 - ESTATUTO Y ESCALAFON DEL PERSONAL DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS DE LA PROVINCIA -, en las Municipalidades de 2º Categoría las Asistentes sociales (Terciarios) deben encuadrarse únicamente en la Categoría 17, y los profesionales (universitarios) deben encuadrarse dentro de las categorías mínima de 16 y máxima de 21:

“ARTICULO 125. Las categorías máximas y mínimas que se asignarán dentro de cada Agrupamiento serán las siguientes:

AGRUPAMIENTO Máxima Mínima

Categoría Categoría

Profesional

Municipalidades 1ra. Categoría 22 16

Municipalidades 2da. Categoría " A " 21 16

Servicio Social

Auxiliar 15 09

Asistente Social - Educador Sanitario 17 17 (TERCIARIO)”

Por lo expuesto, el Concejo Municipal quiere manifestar su preocupación por la arbitraria e injustificada medida, que violenta los derechos legítimos de la Sra. Castellano y afectan sustancialmente su situación económica y provoca innecesarios momentos de angustia e inseguridad para su familia, y advierte que el comportamiento del gobierno municipal llevará a un legítimo reclamo legal de la damnificada, que significará un alto e innecesario costo para las arcas públicas de la ciudad.

Consideramos oportuno entonces que el municipio, a través del área correspondiente, considere reparar lo que parece ser el legítimo e histórico reclamo de la empleada Claudia Castellano.

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