La iniciativa legislativa del concejal Oscar Pieroni tiene la intención de aportar transparencia y mayor participación.
Las diferentes dificultades generadas a través de las distintas elecciones vecinales llevaron a que el Concejo, desde el bloque socialista, proponga una nueva ordenanza en este sentido, modificando la utilización del padrón y poniendo en práctica uno totalmente diferente.
Sabido es que en el 2006 fue sancionada la ordenanza 3346 que derogó la anterior 2707 de 1999, pero la implementación de la misma, con cláusulas transitorias, provocó dificultades que hicieran que se recogiera un claro consenso de la necesidad de reemplazarla por otra más clara y ecuánime.
A partir de ello, desde el bloque socialista en el Concejo dieron su visión de lo presentado y dijeron: "Sucesivamente se sancionaron, como consecuencia de las dificultades apuntadas, diversas ordenanzas modificatorias."
Asimismo, señalaron que estas sucesivas modificaciones provocan una normativa poco clara y asimismo añadieron: "A juicio de los autores del proyecto la introducción del padrón nacional elimina posibilidades de suspicacias, clarificando los procedimientos."
Es por eso que el proyecto prevé que el Departamento Coordinador de Vecinales deberá desagregar por barrio el padrón electoral vigente identificando en padrón aparte, en adelante “a clasificar”, los electores con domicilio barrial no definido claramente. En esa franja entrarían aquellos electores que figuran con domicilio como “zona urbana”, o a su vez los que poseen su dirección como “zona rural”; y los que figuran con domicilio en esquinas pertenecientes a mas de un barrio, junto con los que tienen como domicilio a calles “s/n”.
La primera publicación, de acuerdo al cronograma electoral, deberá hacerse y proveer de copias del padrón electoral nacional vigente desagregado por barrio, a los apoderados de listas que reserven color para ser usado como padrón provisorio.
Paralelamente se entregará el padrón denominado “a clasificar”, donde dicha entrega deberá efectuarse a más tardar ciento veinte (120) días antes de la fecha fijada para las elecciones. También dejaron en claro que podrá incorporarse al padrón de su barrio aquel vecino que no figure en el padrón electoral desagregado, a través de planillas de empadronamiento que entregará la Junta Electoral a las listas postulantes hasta el plazo que fija el cronograma electoral según la presente ordenanza.
Asimismo, indicaron que podrán incorporarse al padrón a aquellas personas que figuren en el padrón “a clasificar” acompañando constancia de domicilio a satisfacción de la Junta Electoral. La incorporación o tachas podrá efectuarse hasta 90 días antes de la fecha fijada para las elecciones.
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(Fuente:La Guia Semanal)
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